Viernes 25 de septiembre de 2015, p. 42
La primera sala de la Suprema Corte determinó que el solo hecho de tener una discapacidad no es razón para perder la patria potestad, ya que ésta no debe concederse o negarse con base en prejuicios, conjeturas, especulaciones ni barreras sociales. Al resolver un amparo en favor de un padre con discapacidad que no fue tomado en cuenta cuando su hijo fue adoptado por la pareja de su ex esposa, los ministros señalaron que los padres con discapacidad tienen derecho a participar en los juicios de adopción; de otro modo se afectaría su derecho a recibir protección contra injerencias arbitrarias.