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Deben informar las cantidades con que fueron multadas

Ordenan al SAT divulgar qué empresas han sido sancionados por violar la ley antilavado
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de septiembre de 2015, p. 13

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) entregar la información relacionada con todas aquellas empresas a las que impuso sanciones por el incumplimiento de obligaciones relacionadas con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

Durante la sesión pública de este miércoles, los comisionados revocaron por unanimidad la posición asumida por el SAT, que en respuesta a la solicitud de un particular consideró que se trataba de una información reservada por tratarse del pago realizado por contribuyentes, además de que contenía datos personales que requerían del aval de los particulares para proporcionarlos.

Sin embargo, según la resolución propuesta por el comisionado Francisco Javier Acuña, se determinó que no se actualizaba ninguna causal de reserva de la información, toda vez que eran datos que no colocaban en riesgo la estabilidad financiera, económica o monetaria del país; no afectaba la seguridad de las personas, ni se caía en el supuesto de vulnerar las estrategias para la recaudación de contribuciones.

La información no se relaciona con algún proceso penal federal, y si bien las multas derivan de la facultad de inspección del órgano desconcentrado, lo cierto es que la imposición de la sanción supone que el procedimiento de investigación efectuado ha culminado.

Al argumentar el sentido de su resolución, Acuña dijo que en el supuesto asumido por el SAT para no hacer entrega de la información porque se trataba de datos que vulneraran el secreto fiscal, como lo invocó el propio SAT. Detalló que a diferencia de otros procedimientos para desahogar recursos interpuestos por particulares ante el Inai, en esta ocasión el sujeto obligado no modificó su postura para conceder parte de la información, sino que incluso aseguró que contaba con nuevos argumentos para negar su entrega.

Acuña mencionó que a partir de eso es posible que se entregue la información de las empresas sancionadas por el SAT, y también, como lo requirió el particular, el número de éstas que se negaron a pagar la multa y el monto por las cuales fueron sancionadas.

Esto es bien importante, las cantidades que se regatearon o que se consideraron en negativa sí se deben colocar, no nada más las multas, sino, esto se puso en conflicto, no se quiso pagar o se denegó, se opuso a pagar. Lo anterior, en el entendido que el universo de información en comento corresponde a las multas de las cuales hizo referencia, dijo Acuña.

El comisionado dijo que en el transcurso del procedimiento, el Inai pudo corroborar que el SAT puede acceder a dicha información en formato desagregado, por lo cual puede otorgarla.