Participó en dos procesos de selección, determina el TEPJF
Jueves 30 de abril de 2015, p. 4
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la candidatura a diputado federal –por la vía plurinominal– del ex jefe de Gobierno del Distrito Federal Marcelo Ebrard, por haber participado simultáneamente en procesos de selección interna por dos partidos diferentes, lo que está prohibido por ley, pues implicó obtener una ventaja indebida en relación con otros aspirantes.
Con una votación mayoritaria de 4 a 1 se determinó que la participación ‘‘simultánea’’ de Ebrard en los procesos de selección interna del PRD y Movimiento Ciudadano violó el artículo 227 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que prohíbe buscar una candidatura por dos partidos políticos diferentes, salvo que vayan en coalición.
A través de su cuenta de Twitter, Ebrard replicó: ‘‘Es increíble que el Tribunal Electoral restrinja arbitrariamente el registro como candidato a instancias del PVEM, Panal, PES (Encuentro Social), es decir, del PRI’’. En un nuevo mensaje agregó: ‘‘Es una desgracia que se acepte el planteamiento del Partido Verde para restringir mis derechos políticos. El Verde y el PRI no respetan la ley’’.
El proyecto del magistrado Pedro Penagos señala que ‘‘el hecho de que la candidatura de Ebrard hubiera sido incorporada a Movimiento Ciudadano, como invitado, mediante la figura estatutaria denominada candidaturas ciudadanas, no implicaba que su designación fuera ajena al procedimiento interno establecido por ese partido político’’.
Esa postulación ‘‘se encontraba sujeta a las reglas previstas en la convocatoria respectiva; tan es así, que fue aprobada de manera conjunta con las candidaturas que formaron parte del procedimiento interno que se inició con la convocatoria del 18 de febrero’’.
Penagos sostuvo que ‘‘lo reprochable deriva de que su posición frente a los demás aspirantes parte de una postura de ventaja, ya que buscó permear su candidatura a diputado federal en dos partidos políticos, cuyos procesos ocurrieron, de manera simultánea, mediante la realización de actos apoyados en propuestas políticas diferentes y que son tendentes a colocarlo en un plano de ventaja sobre los demás’’.
Describió que el proceso de selección del PRD, en el que Ebrard estaba registrado, concluyó el 22 de febrero y el desenlace del proceso de MC fue el 27 del mismo mes, de lo que se desprende que hubo simultaneidad.
En el mismo sentido se pronunciaron los magistrados María del Carmen Alanís, Flavio Galván y Manuel González Oropeza. Sólo Constancio Carrasco argumentó en contra del proyecto, al considerar que no se actualiza el supuesto de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que no puede leerse de forma tajante.