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Preservará seguridad de ciudadanos

Modificará SCT reglas para operar drones
 
Periódico La Jornada
Jueves 30 de abril de 2015, p. 24

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que modificó las reglas para el vuelo de aeronaves no tripuladas, conocidas como drones, ante el incremento de sus operaciones y por la necesidad de preservar la seguridad de los ciudadanos y de los propios operadores de esas aeronaves.

La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) de la SCT emitió, el pasado 8 de abril, la circular CO AV 23/10 R2, que sustituye la emitida en 2010. El documento es de observación obligatoria para todos los operadores civiles de esas naves.

El documento estipula limitaciones al uso de drones, también llamados sistemas de aeronave pilotada a distancia (RPAS) según su peso, pero incluye limitantes válidas para todos los equipos.

La dependencia detalló que sin importar el peso, los drones sólo pueden ser operados durante el día, en áreas no clasificadas como prohibidas, restringidas o peligrosas, y al menos a 9.2 kilómetros de los aeropuertos controlados; a 3.7 kilómetros de los aeródromos no controlados; y a 900 metros de los helipuertos. En su trayectoria no deben dejar caer objetos que puedan causar daños a personas o bienes.

La circular distingue tres tipos de drones: hasta de 2 kilogramos de peso, de 2 a 25 kilogramos, y de más de 25 kilos. En los tres casos los operadores, sean personas físicas o morales, están obligados a respetar todas las leyes, los reglamentos y las normas federales y locales aplicables.

La dependencia señaló que sólo los RPAS que pesen menos de 2 kilogramos pueden ser operados sin necesidad de autorización de la DGAC, pero si se usan para actividades comerciales deben contar con un seguro de daños a terceros, entre otras condicionantes.