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Son pocos los casos en tribunales y aún esperan sentencia definitiva

A tres años de su creación, las demandas de acciones colectivas casi no se usan

Obstáculos a asociaciones civiles dificultan que se concreten estos recursos, señala abogado

 
Periódico La Jornada
Lunes 20 de abril de 2015, p. 13

A tres años de que entró en vigor la reforma legal que le dio existencia, el recurso legal conocido como acciones colectivas casi no ha sido utilizado, y los pocos casos que se desahogan en tribunales no han llevado hasta ahora a una sola sentencia definitiva contra proveedores de bienes o servicios.

Registros del Consejo de la Judicatura Federal consultados por La Jornada indican que desde febrero de 2012 y hasta marzo pasado se han promovido 69 demandas, de las cuales 44 fueron desechadas por cuestiones técnicas o porque el juez se declaró incompetente para conocer del caso.

Dos casos

La demanda más reciente fue presentada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) contra los gobiernos del Distrito Federal y del estado de México por permitir la descarga clandestina de aguas negras en la presa San Joaquín, en Tecamachalco. Fue presentada bajo la figura de la acción colectiva difusa, vigente desde 2012 para defender intereses de grupos indeterminados de personas.

Según registros del Poder Judicial Federal, el juzgado decimosegundo de distrito en materia civil inició el trámite de la demanda el 18 de marzo pasado y emplazó a contestar al Sistema de Aguas de la Ciudad de México y a la Comisión de Aguas del Estado de México.

La acción busca una sentencia que declare que ambos órganos son ambientalmente responsables por la contaminación, ocasionando con ello daños al ambiente y por consecuencia a la salud de la población aledaña al lugar afectado. La presa San Joaquín es una de las más grandes del Valle de México y durante más de 50 años ha recibido descargas de drenajes de la delegación Miguel Hidalgo y el municipio de Naucalpan.

A finales de 2013, vecinos de Tecamachalco y Lomas Hipódromo reclamaron públicamente la inacción de la Profepa ante la pestilencia, daños a vías respiratorias y otros padecimientos que afectan a unas cinco mil familias.

Otro caso lo inició la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en diciembre pasado contra Aeroméxico, por lo que considera abusos contra los clientes de la aerolínea. El juez federal en material civil que conoce de esta demanda deberá resolver si 532 usuarios se han visto afectados por la aplicación indebida de cláusulas abusivas, inequitativas y desproporcionadas, que causaron diversos daños y perjuicios patrimoniales.

Profeco busca que Aeroméxico indemnice a cada una de las 532 personas que firmaron la demanda, pero también a todas las que, habiendo contratado con la aerolínea, posteriormente quisieran sumarse al reclamo.

Las acciones colectivas son un modelo legal copiado de un recurso similar que se utiliza muy comúnmente en Estados Unidos y que se conoce como class actions o acciones de grupo.

El abogado civilista Marco Antonio Olascuaga Fernández explicó en entrevista que las acciones colectivas están previstas en el Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que la competencia para conocer de ellas la tienen los jueces federales.

Hasta ahora sólo una demanda ha prosperado en primera instancia judicial, pero la sentencia fue recurrida y actualmente la Suprema Corte de Justicia de la Nación estudia el caso. Ese la acción iniciada en Mazatlán contra la Alianza de Transportadores y Camioneros por su servicio inseguro e irregular. En agosto pasado un juzgado federal condenó a la alianza a pagar una bonificación de 20 por ciento del precio de tarifa a los usuarios, por incumplir parcialmente el contrato de transporte público que celebra con cada uno de ellos.

La alianza pidió un amparo, y en febrero pasado la ministra Olga Sánchez Cordero hizo suya una petición de los demandantes para que la Corte dicte el fallo final que está pendiente.

A decir de Olascuaga, la dificultad de concretar las demandas de acción colectiva obedece a la redacción confusa de la ley, los múltiples requisitos para que procedan las acciones y los obstáculos a las asociaciones civiles que pretenden dedicarse a esta actividad, además de la renuencia de los jueces para admitirlas.

Olascuaga refirió otro caso de acción colectiva presentado por Defensa Colectiva AC, que presentó acciones contra Pemex por no vigilar que las gasolineras cumplan con vender litros completos.