El código responde a presiones de EU en pro de trasnacionales, dice
Domingo 15 de marzo de 2015, p. 8
La Ley para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos, que el Senado aprobó el jueves pasado, es en realidad una nueva legislación secundaria de la reforma energética, que crea un régimen penal extraordinario en beneficio de las petroleras extranjeras, advirtió el coordinador del PT, Manuel Bartlett.
Explicó que, además de que se retipifican los tipos penales de terrorismo y despojo, con penas de hasta 40 y 60 años de prisión, por afectar bienes o servicios
públicos o privados o atentar contra la integridad física, emocional o la vida
de los dueños de las empresas contratistas, la ley otorga jurisdicción al derecho internacional por encima del derecho mexicano.
Se trata, insistió, de garantizar las inversiones extranjeras en el marco de los tratados de libre comercio signados por el gobierno mexicano, especialmente el firmado con Estados Unidos y Canadá.
Bartlett recalcó que esa ley, propuesta por el PRI y aprobada con trampas
y de forma engañosa
, responde a las presiones de Estados Unidos para proteger a sus trasnacionales.
Hizo notar que hasta el PRD votó en favor de esa ley, que se presentó para combatir el robo de combustibles, vía las tomas clandestinas, pero que en realidad es un régimen penal extraordinario, no para proteger las sedes de Pemex, sino para dar satisfacción a la demanda de Exxon, Texaco y las demás firmas extranjeras.
Durante la discusión ante el pleno, el jueves pasado, Bartlett pidió a los demás senadores leer el contenido de la iniciativa que se discutía, pero sólo logró que Gerardo Flores (PVEM) lo acusara de estar en favor de quienes se roban el combustible.
No quisieron debatir el fondo, que es la creación de un régimen penal extraordinario, la creación de una ley para el capital internacional, que asegura así sus intereses, por encima de los intereses de los mexicanos.
Con esa ley, que es la 13 de la legislación secundaria energética, se fortalece la capacidad de represión del Estado contra quienes se opongan a las petroleras extranjeras. Por ejemplo, dijo, una comunidad indígena o ejidatarios y campesinos que se opongan a que les expropien sus tierras bajo la figura de ocupación temporal
, pueden ser acusados de terroristas y encarcelados hasta por 60 años.
El senador insistió: En ese nuevo marco penal no se defiende el interés y la propiedad de la nación en materia de hidrocarburos, sino los activos de las empresas trasnacionales
. Ello, agregó, queda de manifiesto en el artículo primero de la ley, en el que se define como su objeto establecer los delitos en particular y sanciones que serán aplicables en mteria de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos y demás activos
.
Se define luego como activos “aquellos bienes asociados al proceso de producción, transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos. Los principales activos de una empresa son sus instalaciones y maquinaria, sus existencias inventariadas de materias primas y productos semiterminados y terminados.
En el artículo 140 del Código Penal se tipifica al sabotaje como el dañar, destruir, perjudicar o entorpecer vías de comunicación, servicios públicos, empresas siderúrgicas, eléctricas y organismos descentralizados y se imponen sanciones de dos a 20 años de prisión y multa de mil a 50 mil pesos.
En la ley recién aprobada, el sabotaje a la industria de hidrocarburos se castiga con mayor severidad, ya que según se establece en su artículo 16, la sanción es de 30 a 40 años de prisión y multa de 50 mil a 65 mil salarios mínimos.