Revisa el Seguro Social petición de rembolso por gastos generados en hospital privado
Al no llevar consigo los documentos, el médico encargado pidió 80 mil pesos en efectivo y lo que vaya saliendo
Su familia presentó denuncia porque el instituto no aplicó normatividad
Lunes 9 de marzo de 2015, p. 38
Ochenta mil pesos en efectivo y lo que vaya saliendo.
Esa fue la condición que el médico encargado en fin de semana del Hospital General La Raza del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puso a la familia del señor Juan, a fin de poder brindarle la atención médica que éste requería por el dolor abdominal que presentaba y debido a que no llevaban los documentos que lo acreditaran como derechohabiente del instituto.
Era la mañana del sábado 22 de noviembre de 2014. El personal que recibió al paciente en el área de urgencias ya había informado que el señor de 66 años de edad requería una cirugía de urgencia, pero el médico que ese día estuvo a cargo del nosocomio se negó a autorizar la atención clínica a menos que se le entregara el dinero. Los familiares afirman que pueden identificar al funcionario, cuyas siglas son JLCS.
Según la denuncia presentada ante el Seguro Social, el médico no les dio ninguna opción, a pesar de que existe una normatividad clara para estos casos. También la Ley General de Salud dispone que la atención médica siempre se debe otorgar, sobre todo si se trata de una urgencia como era el caso del hombre al que se identifica aquí como Juan, por petición de sus familiares.
Sobre el tema, el Seguro Social informó que para la atención de un paciente en urgencias de las unidades médicas, que no puede acreditar su condición de derechohabiente al no aportar la documentación comprobatoria, se aplica lo que indica el Reglamento de Servicios Médicos del Instituto: en el momento del registro los familiares o el paciente deben firmar una orden de obligación de pago (equivalente a un pagaré) y una vez que comprueba su calidad de derechohabiente queda sin efecto tal documento crediticio
.
El organismo cuenta, además, con un tabulador de costos por los servicios que presta en los tres niveles de atención médica (clínicas familiares, hospitales generales y de alta especialidad).
Los montos se actualizan anualmente y el que rige para 2015 se publicó el 11 de febrero pasado en el Diario Oficial de la Federación.
De acuerdo con la denuncia que se presentó el 5 de diciembre de 2014 contra el IMSS, la normatividad no se aplicó en el caso de Juan, lo que puso en riesgo su vida. Ante la negativa del médico de darle la atención y por la gravedad de su situación, de la cual quedó constancia en el alta voluntaria
del noscomio (La Jornada tiene copia), los parientes decidieron llevarlo a un hospital privado, donde permaneció unas horas, pero no lo pudieron operar, porque el establecimiento no contaba con área de terapia intensiva y para entonces Juan ya había presentado un infarto.
Fue llevado a otro hospital donde finalmente le realizaron la intervención quirúrgica para quitar la vesícula. El costo que los familiares tuvieron que pagar fue de más de 170 mil pesos. La petición de rembolso está en revisión del IMSS, aunque ya venció el plazo de 50 días hábiles previsto en el reglamento para responder.
El ordenamiento señala que el periodo se puede prolongar según la gravedad del caso, pero los quejosos no han recibido ninguna notificación oficial, dijeron.
En respuesta a la solicitud de información sobre este caso, el IMSS indicó que la petición de rembolso es revisada por la Junta de Gobierno del Hospital General La Raza.
Los afectados aseguran que se cometió una injusticia, pues comprobaron que Juan es derechohabiente del IMSS. De hecho, luego de la cirugía en el hospital privado, el enfermo presentó complicaciones y regresó al Hospital General La Raza, donde falleció el pasado 5 de febrero.