El DIF sustituirá al INM en la protección de ese sector de niños
Miércoles 11 de febrero de 2015, p. 10
La Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley de Migración para que el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) proteja, brinde albergue y otorgue asistencia a los niños migrantes no acompañados que sean deportados a México y que el gobierno federal les otorgue asistencia consular.
La medida, explicaron legisladores, se da en momentos en que la expulsión de migrantes desde Estados Unidos se ha agudizado y, en el caso de los menores, supera 60 mil casos.
Aprobada por 387 votos de todas las bancadas, con la modificación al artículo 112 de la citada ley se suprime de las atribuciones del Instituto Nacional de Migración la vigilancia y el resguardo de los menores.
En cambio, cuando algún menor sea repatriado, el instituto estará obligado a garantizar en todo momento el respeto a sus derechos humanos y deberá canalizar de manera inmediata a la niña, niño o adolescente migrante no acompañado al DIF, a los sistemas estatales DIF o del Distrito Federal que corresponda
.
Ahí, señala la reforma que fue turnada al Senado para su revisión, se les proporcionará la protección y asistencia adecuadas en algunos de los albergues para la infancia públicos o privados y autorizados por el DIF para su salvaguarda mientras se resuelve su situación migratoria, se determina su interés superior y las medidas que mejor le convengan
.
Entre las medidas adicionales se obliga al INM a dar aviso de inmediato a los consulados respectivos y asignarles, en tanto se les traslada a los albergues, un espacio distinto al del alojamiento de los adultos.
En estos casos la autoridad migratoria deberá observar en todo momento el interés superior
de los menores, así como dar aviso al DIF, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a las comisiones estatales de derechos humanos y al Comité Estatal del Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de los Derechos del Niño en los estados, explica.
También, informar a los niños o adolescentes sus derechos dentro del procedimiento migratorio; de los servicios a que tiene acceso, y se le pondrá en contacto con el consulado de su país, salvo que a solicitud expresa pidan asilo político o la condición de refugiado.
La cámara resaltó que el INM no cuenta con el personal, instalaciones o capacidades suficientes para dar atención que requieren los menores por sus condiciones de vulnerabilidad
, además de que no puede prevalecer un estado de detención
como el que priva actualmente.