Termina la figura de paraestatales y nacen las empresas productivas del Estado
‘‘Se destinarán al financiamiento del gasto público’’, dice el artículo 118 de la ley reglamentaria
Jueves 31 de julio de 2014, p. 5
El proyecto de decreto por el que se expidieron las leyes de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y se derogaron y reformaron disposiciones de las leyes Federal de Entidades Paraestatales, de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Pública y Servicios Relacionados, terminó con la figura de empresas paraestatales y las transformó en empresas productivas del Estado.
Ayer los diputados del PRI, PAN, PVEM y Panal avalaron en lo general el paquete de leyes reglamentarias, y en el contenido de la de Petróleos Mexicanos, específicamente en su artículo 118, se establece el corte de un beneficio histórico para los trabajadores de la empresa:
‘‘Las utilidades que obtengan Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias tienen como fin incrementar los ingresos de la nación para destinarlos al financiamiento del gasto público, por lo que dichas utilidades no se repartirán ente sus trabajadores.
‘‘Lo anterior, sin perjuicio de que conforme a la legislación laboral, puedan otorgar a sus trabajadores cualquier incentivo, compensación, bono, gratificación o comisión por el desempeño de sus labores.’’
No obstante, en la misma ley se acota la posibilidad de otorgar alguno de esos incentivos. En el artículo 104 de la nueva legislación los senadores y diputados colocaron un candado a esa posibilidad:
‘‘Las percepciones extraordinarias que, en su caso, se cubran por concepto de estímulos, reconocimientos, recompensas, incentivos y cualquier pago equivalente a los mismos, se podrán otorgar de manera excepcional a los trabajadores (…), siempre y cuando cuenten con recursos aprobados específicamente para dicho fin y condicionados al cumplimiento de compromisos de resultados sujetos a su evaluación.
‘‘Las percepciones extraordinarias no constituyen ingreso fijo, regular ni permanente, ya que su otorgamiento se encuentra sujeto a requisitos y condiciones variables. Dichos conceptos de pago en ningún caso podrán formar parte integrante de la base de cálculo para efectos de indemnización o liquidación o de prestaciones de seguridad social.’’
La explicación gubernamental del concepto empresa productiva del Estado se sustenta en ‘‘la inminente apertura del mercado energético en nuestro país, pero también después del reconocimiento de que actualmente las empresas estatales más importantes se encuentran sujetas a un excesivo sistema de control gubernamental que les impide gozar de la flexibilidad empresarial que requieren para operar eficientemente, lo cual sobresale al compararlas con empresas similares en el ámbito internacional’’.
De tal forma, se insiste en que la reforma a Pemex y la CFE tiene como punto medular el establecimiento de un modelo de gobierno corporativo moderno que abarque todos los aspectos necesarios para su adecuado y óptimo desempeño.
En el caso de Petróleos Mexicanos, se otorga al consejo de administración la categoría de órgano supremo de administración, y será responsable de definir las políticas, lineamientos y visión estratégica del nuevo Pemex.