De 271 denuncias hechas por la ASF en 2011 y 2012, sólo cinco se presentaron ante el MP
Significativas, las cifras subejercidas o desaparecidas en manos de autoridades, dice el diputado
Domingo 8 de junio de 2014, p. 6
Los efectos de la fiscalización al manejo del erario son escasos en México. Entre 2011 y 2012, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) promovió sólo cinco denuncias penales contra funcionarios encargados del manejo de los recursos públicos, a quienes se les comprobaron actos de opacidad y corrupción.
En un escenario así, los procesos de sanción y la reincorporación de fondos ante la autoridad fiscal, anunciados cada año por la ASF durante la presentación de las cuentas públicas, se han convertido en un espectáculo y se ven envueltos en el impacto mediático que, desafortunadamente, se desvirtúa en poco tiempo
.
Tras la revisión de las cuentas públicas de 2011 y 2012, el órgano fiscalizador determinó presentar 134 y 137 denuncias de hechos, respectivamente. No obstante, en el informe del estado que guarda la solventación de observaciones y acciones promovidas en las entidades fiscalizadas, con corte al 31 de marzo de 2014, la instancia sólo había presentado cinco querellas ante el Ministerio Público (MP).
José Luis Muñoz Soria, presidente de la Comisión de Vigilancia de la ASF, reveló el déficit manifiesto en procesos para castigar a los funcionarios presuntamente corruptos, promovidos por el organismo a cargo de Juan Manuel Portal.
No obstante el buen trabajo que la ASF lleva a cabo durante la fiscalización de cada cuenta pública, los resultados de las acciones que promueve no son los esperados. Deja una serie de interrogantes sobre el proceso de sanción y de reincorporación o aclaración de recursos por parte de los servidores públicos encargados de la ejecución del gasto
.
La conclusión de la comisión legislativa señala que al momento de la presentación de las cuentas públicas, las cifras de los recursos del erario detectadas como subejercidas o desaparecidas por las autoridades federales, estatales o municipales son significativas, y se ven envueltas en el impacto que provocan los medios de comunicación.
Se desvirtúan en el corto tiempo con las respuestas para solventación que las entidades fiscalizadas hacen llegar a la ASF
, en el plazo de ley que ocupan los 30 días posteriores al anuncio del resultado.
Es precisamente el desvanecimiento de las acciones promovidas por la Auditoría lo que preocupa a la Comisión de Vigilancia, ya que sabemos que sólo turna sus observaciones para que las autoridades correspondientes impongan las sanciones a que los servidores públicos responsables se hayan hecho acreedores. Sin embargo, de igual manera nos preocupa que la información que aporta la entidad de fiscalización superior no sea lo suficientemente contundente para que las autoridades puedan ejecutar acciones drásticas.
Precisamente, señala Muñoz Soria, dichas acciones derivan de inspecciones especializadas hechas por peritos, por lo que se debe exigir que las pruebas que hagan llegar a las autoridades sean de calidad para que no se pongan en tela de juicio.
Así, la Auditoría refiere que todas las denuncias que presentó al 31 de marzo de este año se encuentran en integración por parte del Ministerio Público Federal, y paradójicamente ninguna ha sido consignada a un órgano jurisdiccional.
Los datos divulgados por la ASF sobre las denuncias penales, que en los últimos tres años han representado un promedio de 1.2 por ciento del total de actos que promueve en la revisión de cada cuenta pública, y que por la complejidad que guardan respecto a las demás son mínimas, y en teoría hechas por expertos que bien podrían fungir como peritos en materia contable y presupuestaria, generan dudas porque no han tenido los resultados que se esperaría.
Las operaciones que promueve la ASF son de dos tipos: preventivas o correctivas. Las primeras contemplan recomendaciones al desempeño, mientras las segundas incluyen denuncias de hechos, pliegos de observaciones, fincamiento de responsabilidades resarcitorias, promociones para la imputación de responsabilidades administrativas sancionatorias, promoción para el ejercicio de facultades de comprobación fiscal y solicitudes de aclaración.
Entre 2007 y 2011, el número de acciones correctivas hechas por medio de las observaciones promovidas por la ASF fue de 5 mil 818. De ellas se han concluido 51.8 por ciento (3 mil 13), y el restante 48.2 por ciento (2 mil 805) aún se encuentran en proceso.
Dichas observaciones son de carácter económico, en las que se presume daño o perjuicio a la hacienda pública que no exceda 100 veces el salario mínimo general.
Responsabilidades fincatorias
El fincamiento de responsabilidades resarcitorias consiste en fijar un pliego definitivo de obligaciones por atender parcialmente. Con esta acción se determina la indemnización correspondiente por los daños o perjuicios estimables en dinero que se causa a la hacienda pública.
En el caso de los años 2001 a 2010 se emitieron 843 fincamientos de responsabilidades, de las que se han concluido 475 (56.3 por ciento), y se encuentran en proceso 368 (43.7).
Los datos anteriores documentan el déficit en el proceso de castigo a los funcionarios que han provocado daños incalculables al erario. La enorme mayoría permanece al abrigo de la impunidad.