Para lograr un referendo se debe enfrentar un laberinto burocrático: Encinas
Padierna asegura que la legislación nació muerta, pero se logrará un plebiscito en materia energética
Viernes 28 de febrero de 2014, p. 17
La Ley Federal de Consulta Popular, aprobada la madrugada de este jueves y remitida a la Cámara de Diputados, no sólo trata de inhibir la posibilidad de que las reformas constitucionales sean sometidas a referendo, pues el exceso de trámites que incluye se convierte en un calvario
para quien pretenda ejercer ese derecho ciudadano, advirtieron senadores del Partido de la Revolución Democrática (PRD).
El presidente de una de las comisiones dictaminadoras, la de Estudios Legislativos Segunda, Alejandro Encinas, consideró que se aprobó un laberinto burocrático
, ya que la ley contiene infinidad de trámites tanto en la Cámara de Diputados, como en el Instituto Federal Electoral (IFE) y en la Suprema Corte de Justicia, que los ciudadanos interesados en que se someta a consulta algún tema relevante, deben forzosamente cubrir.
Durante la discusión en lo particular de esa minuta se presentaron 66 reservas –la mayoría de perredistas– encaminadas a eliminar restricciones y candados a la minuta, pero todas fueron rechazadas por la mayoría integrada por legisladores de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y Verde Ecologista de México (PVEM).
Encinas detalló la maraña de trámites. Explicó que de entrada, en esa ley reglamentaria del artículo 35 constitucional, se indica que los ciudadanos promoventes de la consulta deben hacer primero un anuncio de intención ante la Cámara de Diputados.
El presidente de ese órgano del Congreso emitirá una constancia del aviso de intención en la Gaceta Parlamentaria y publicará un formato de firmas, que regresan al ciudadano, quien deberá reunir cerca de un millón 600 mil firmas.
Una vez recopiladas, tienen que elaborar una petición de consulta, que se vuelve a enviar a la Cámara de Diputados para que ésta publique la petición en la Gaceta Parlamentaria, verifique que se haya cumplido con el millón 600 mil firmas o más.
Una vez cubierto ese trámite, el Congreso remite las firmas al IFE, para que el instituto valide si son efectivas y luego interviene la Suprema Corte para verificar la constitucionalidad de la consulta y la pregunta. Después de ello se decidirá si se lleva a cabo el ejercicio.
Todavía falta que la Corte regrese el trámite a la Cámara de Diputados, ésta emita una convocatoria, el IFE organice y desarrolle la consulta e informe sobre sus resultados, verifique si participó por lo menos 40 por ciento del listado nominal, cerca de 31 millones de electores, para que sea válida y vinculante.
De ser así, el IFE le notifica posteriormente el resultado a la Suprema Corte de Justicia, para ser atendidos por la autoridad correspondiente.
Es decir, de origen se imponen restricciones para limitar el derecho y ahora se burocratiza para que el presidente de la Cámara de Diputados brinde su autorización a la petición de consulta, para que la Corte reconozca que es de trascendencia nacional
, insistió Encinas.
Con el aval de los coordinadores del PRI y del PAN se modificaron 14 artículos de la minuta, para eliminar algunos de los candados que le pusieron los diputados, entre ellos la prohibición expresa para llevar a consulta reformas constitucionales. Se dejó a la Suprema Corte la responsabilidad de decidir en qué casos sí pueden ser motivo de referendo.
No se aceptaron los cambios adicionales propuestos. La perredista Dolores Padierna dijo en tribuna que la Ley Federal de Consulta Popular nació muerta
y advirtió que con ley o sin ley harán valer su derecho constitucional a la consulta de la reforma energética.
El coordinador del Partido del Trabajo, Manuel Bartlett, advirtió que el gobierno de Enrique Peña Nieto no permitirá abrir la consulta popular, porque la reforma energética se habría caído con una claridad absoluta
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