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Se apoya en tesis de septiembre de 2010

La libertad condicional no restituye los derechos políticos, ratifica la Corte
 
Periódico La Jornada
Miércoles 5 de febrero de 2014, p. 20

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó ayer que la suspensión de los derechos políticos continúa surtiendo efectos, aunque el sentenciado esté en libertad condicional.

Por mayoría de seis votos a cuatro, los ministros presentes en la sesión mantuvieron una tesis de jurisprudencia que data de septiembre de 2010, la cual precisa que la suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión es un beneficio que el juez puede otorgar, dependiendo de las condiciones de cada caso; prevé una garantía para que el beneficiado tenga que acudir periódicamente ante la autoridad. De manera que la suspensión de los derechos políticos se mantiene, aunque el sentenciado goce de libertad relativa condicionada.

Luis María Aguilar agregó que sería un riesgo social si una persona que tiene encima una pena de prisión y está en libertad caucional poder ser, por ejemplo, electa a un cargo público. Tendría que dejar ese cargo con el perjuicio social que ello implica para los electores y para la continuidad de un servicio gubernamental, y volviera a prisión porque, como la pena no dejó de existir, continuaría bajo esa amenaza de volver a prisión.

Quienes consideraron que la libertad condicional incluye la restitución de los derechos políticos fueron los ministros Juan N. Silva Meza (presidente), Arturo Zaldívar, Sergio Valls y Jorge Pardo Rebolledo.

Pardo subrayó que, si bien la Constitución estipula la suspensión de derechos políticos durante la extinción de la pena corporal en su artículo 38, el artículo 18 constitucional prevé la posibilidad del otorgamiento de beneficios a quienes han sido condenados. Por tanto, la suspensión de derechos políticos, en estos casos, no puede aplicarse en todos los asuntos, sino que el juez debe revisar cada caso concreto, como la naturaleza del delito de que se trate, la posibilidad de reincidencia, la afectación de intereses sociales o públicos para que el juzgador determine si suspende los derechos políticos de quien esté en libertad relativa.