Por años, una deficiente administración mermó su capacidad de financiamiento
El titular de la institución tendrá derecho a voz, no a voto, al definir la distribución de bienes
Sábado 20 de julio de 2013, p. 34
Con la reintegración de un consejo interno, el cual tendrá nuevas facultades para la administración y control de los recursos económicos, la Secretaría de Salud (Ssa) pretende mejorar el funcionamiento de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública (APBP). Desde 1861 este organismo apoyó a personas de bajos ingresos a solventar necesidades de salud, y ahora destinará sus recursos a programas de salud.
De acuerdo con el proyecto sometido por la SSa a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), el nuevo consejo interno emitirá las políticas de distribución de los bienes y el titular de la beneficencia sólo tendrá derecho a voz, pero sin voto.
Desde hace varios años, a causa de una deficiente administración, la APBP ha visto mermada su capacidad de financiamiento, en un proceso progresivo que la ha llevado a una situación crítica, como han reconocido los directivos del organismo.
Problemática no abordada
A pesar de ello y de que el problema ha sido del conocimiento de la Ssa, el tema de la APBP no se ha abordado formalmente. Y eso que desde finales de 2011 el propio consejo interno recomendó que se actualice el acuerdo de creación y el reglamento de este órgano de dirección, vigente desde el año 2000.
Lo anterior, entre otras finalidades, para homologarlo con el Reglamento Interior de la Ssa, vigente a partir de enero de 2011, aunque de su contenido se tuvo conocimiento desde un año antes.
Este ordenamiento de la Ssa dispuso que la APBP tuviera la facultad de “aportar los bienes o recursos que considere pertinentes para la captación de nuevos recursos y la aplicación de los mismos a programas de salud…”
También se da a la APBP la atribución de participar con organizaciones e instituciones del sector público, social y privado en programas de alto impacto en materia de salud
. Estos asuntos fueron retomados en el proyecto de actualización del funcionamiento del consejo interno.
Otra atribución que se da al consejo interno es la de opinar sobre el destino que se dé a los bienes inmuebles propiedad de la APBP, cuando se trate de cesiones o enajenaciones a título oneroso o gratuito.
La beneficencia tiene en posesión bienes muebles e inmuebles resultado de su decreto de creación, por el cual se le dio la facultad de recibir donaciones para su administración y obtención de recursos. Estos, a su vez, tendrían que destinarse a apoyar a personas de bajos recursos económicos.
Sin embargo, las deficiencias reconocidas en respuestas oficiales a solicitudes de información, la APBP reconoce adeudos de más de 70 millones de pesos en impuesto predial y servicio de agua de los edificios en posesión de dependencias gubernamentales federal y estatales, así como el descuido de otros inmuebles. Al menos 55 de 187 que tiene en posesión están en calidad de inservibles. (La Jornada 1/07/2013).
Otra parte de la situación crítica en que se encuentra la APBP se debe al descuido de alrededor de cinco mil juicios sucesorios de propiedades sin herederos. Con los resultados de este tipo de litigios integró su patrimonio desde su creación. El argumento de la APBP para haber dejado de participar en los juicios se basa en las modificaciones realizadas al Código Civil del Distrito Federal, por las cuales se determinó que esos procesos judiciales son competencia del DIF capitalino. No obstante, los cinco mil juicios son anteriores a dicha resolución y la representación legal sigue a cargo de la APBP.