Da la razón a los vecinos; el uso de suelo debe ser habitacional
, informa abogado
es ilegal, resuelve tribunal
Desde 2009 habitantes de ese barrio en Coyoacán comenzaron protestas y una batalla legal contra el CNCA
Si no paran, denunciaremos que no se cumple con la sentencia
Viernes 29 de junio de 2012, p. 5
El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) resolvió que el terreno donde el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA), por conducto de Educal, construye el Centro Cultural Elena Garro tiene uso de suelo habitacional por lo que es ilegal que ahí se construya una librería u otro inmueble de uso comercial.
Desde 2009 los vecinos del barrio de La Conchita, en Coyoacán, iniciaron protestas y una batalla legal para impedir la edificación del recinto en la calle Fernández Leal número 43, con el argumento de que se afectaría la vialidad de la zona, pues estima una asistencia diaria de 700 a 900 personas.
También denunciaron que los permisos de construcción habían sido otorgados en medio de un sinfín de irregularidades. El CNCA siempre negó tal acusación y, sin llegar a un acuerdo con los vecinos, inició la construcción (con inversión inicial de 30 millones de pesos), que incluye una librería sobre un terreno total de más de mil 500 metros cuadrados, distribuidos en dos niveles, además de destinar 400 metros cuadrados a aulas de capacitación y una sala de usos múltiples.
El TCADF en cumplimiento de la ejecutoria de amparo dictada por el Tribunal Décimo Segundo Colegiado, resolvió de manera favorable a los intereses de los vecinos
, informaron ayer en rueda de prensa.
De acuerdo con el abogado Benjamín Salinas, representante de los demandantes, la sentencia del tribunal confirma que el centro cultural inició su construcción con un certificado de uso de suelo ilegal para el centro de Coyoacán (Recurso de Apelación 7254/2011, del juicio IV 49412/2010, del TCADF), emitido en mayo de 2010 por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi).
Luego de año y medio de juicio, el tribunal resolvió el pasado 21 de junio que los vecinos tenían razón y que el uso de suelo para el predio de Fernández Leal debe ser habitacional unifamiliar
, pues la Seduvi nunca demostró que realizó los trámites para cambiarlo a la categoría de equipamiento y servicios
.
La sentencia otorga un plazo de 15 días para que se notifique a los directivos de la Seduvi y del CNCA que es ilegal la construcción que se está llevando a cabo en el mencionado predio. Por el momento los trabajos (que llevan un avance de 90 por ciento), continúan, pero en cuanto sean notificados deberán suspenderse
, explicó Salinas.
Añadió que si no se detiene la construcción, el CNCA estaría incurriendo en incumplimiento de una responsabilidad administrativa; Si no paran, como abogado acudiré para denunciar que no se cumple con la sentencia ejecutoria y pediremos se les imponga una multa. Si aún así no se detienen se puede recurrir al uso de la fuerza pública
.
Detalló que procederán ante la justicia federal, en vía de amparo, “para pedir la demolición del inmueble o que sea vendido para viviendas de uso familiar. Lo que sí es claro es que necesariamente se debe quitar el auditorio que ya está hecho, y no puede usarse el edificio como bar, restaurante, escuela ni librería.
En principio, la sentencia es irrevocable y la defenderemos. Es casi imposible que inicien una vía de impugnación jurídica, pues fue un tribunal federal el que indicó al del Distrito Federal que debía sentenciarse de esa manera. Estaremos pendientes de que el consejo cumpla y deje de realizar actividades de construcción.
La Jornada solicitó al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes conocer su postura en realción con la sentencia del tribunal, pero hasta el cierre de la edición no tenían información al respecto, indicaron en el área de Comunicación Social de esa dependencia federal.