Jueves 12 de abril de 2012, p. 19
El máximo tribunal del país declaró constitucional el reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, al considerar que no viola los derechos constitucionales de igualdad y no discriminación cuando regula de manera diferente los espacios de interiores, por ejemplo, de un restaurante o un hotel para fumadores. La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que con esa ley se regula de manera diferente los espacios interiores aislados para fumar y los lugares destinados al hospedaje de personas que fuman
. Indicó que la norma jurídica toma en cuenta las diferencias que existen entre un establecimiento y otro, ya sea por el número de personas que se encuentran dentro del lugar o las dimensiones de tales lugares, entre otras cosas, de ahí que no existe obligación de otorgar un trato igualitario
a quienes fuman.