La secretaría ejecutiva pedía multarlos con $34 millones
Jueves 12 de abril de 2012, p. 12
Aunque el proyecto de la secretaría ejecutiva proponía imponer una multa conjunta de 34 millones de pesos a PRD, PT y Movimiento Ciudadano (MC) por incluir en su promocionales una referencia al Movimiento Regeneración Nacional (Morena), el Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) determinó modificar la sanción y la dejó sólo en amonestación.
Los argumentos para adoptar esa decisión fueron que no se trataba de una infracción tipificada en la ley electoral, no hay reincidencia ni afecta la equidad de la contienda.
Al cuestionar la pretensión de sancionarlos con una multa tan elevada, el representante del PRD ante el IFE, Camerino Márquez, deploró que se pretenda criminalizar la participación de los movimientos sociales en los comicios, como es el caso de Morena, que es una asociación civil en proceso de constituirse formalmente.
“No compartimos el criterio de la sala superior (del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación –TEPJF–) de tratar de coartar el derecho fundamental a la libertad de expresión y asociación, y de manifestación”, señaló.
Al defender la propuesta de modificar la sanción, la consejera María Marván Laborde sostuvo que el proyecto original adolecía de argumentos sólidos para tipificar el hecho como falta grave. Explicó que si bien esa conducta –promover una organización social en tiempos oficiales de los partidos– no está considerada en la ley como falta, el TEPJF sí la consideró como irregularidad y ordenó al IFE sancionar a los partidos.
El contenido de los promcionales materia de la denuncia fue calificado por el tribunal de legal, salvo la inclusión del emblema de una asociación civil. Tal conducta no afecta de manera clara e indubitable el principio de equidad de la contienda o ningún otro principio rector de la función electoral
, por lo que sugirió que sólo se amonestara a los partidos.
El consejero Lorenzo Córdova señaló que de los promocionales no se desprende la existencia de violaciones a principios electorales fundamentales, salvo, que es el caso por la determinación del tribunal, del principio de legalidad. No afectan el principio de equidad ni el de la certeza, entre otras razones, por los tiempos en que fueron transmitidos
.
En favor de multar a los partidos se pronunciaron los consejeros Macarita Elizondo y Alfredo Figueroa. Coincidieron en reducir sustancialmente el monto, pero estimaron que no debería eliminarse la sanción pecuniaria.
Según el proyecto de la secretaría ejecutiva, el PRD transmitió 33 mil 956 mensajes en televisión y 97 mil 807 en radio; el PT, 15 mil 767 y 44 mil 753, respectivamente, y MC, 12 mil 216 en el primer medio y 34 mil 900 en el segundo, todos con una duración de 30 segundos.
Figueroa consideró que por esta razón y en atención al criterio del TEPJF, tampoco podía considerarse que la transmisión de los mensajes se tratara de una falta leve que derivara en amonestación pública, y propuso sancionar al PRD con 5 millones 895 mil pesos, al PT con 2 millones 670 mil y a MC con 2 millones 76 mil 620, que sumarían 10 millones 546 mil 760 pesos.