Sanciones de 30 mil a 300 mil días de salario
Jueves 12 de abril de 2012, p. 24
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es legal la aplicación de una sanción de 30 mil a 300 mil días de salario a quien use tarjetas de débito o crédito falsificadas.
Esto significa que una persona que sea condenada por delitos contenidos en el artículo 112 de la Ley de Instituciones de Crédito debe pagar por lo menos los ingresos que obtendría durante más de 80 años, y esto constituye la mayor sanción económica que se aplica por la comisión de un delito en México.
Lo anterior fue determinado por el máximo tribunal, al resolver el amparo directo en revisión 2836/2011, al considerar que es constitucional la sanción pecuniaria
.
El promotor del amparo fue considerado penalmente responsable por el delito mencionado, al utilizar en una tienda departamental dos tarjetas de débito falsificadas y tener en su poder otra más. Razón por la cual fue condenado a cuatro años, seis meses de prisión y a 45 mil días multa, cantidad que, en caso de insolvencia plenamente probada, puede ser sustituida por 45 mil jornadas de trabajo a favor de la comunidad
, informó la Corte.
El quejoso promovió el recurso ya que, según él, la sanción pecuniaria prevista es inconstitucional por ser desproporcional e irrazonable
, y un tribunal negó el amparo y por ello el inconforme promovió el recurso de revisión que fue de conocimiento de la primera sala de la SCJN.
De esta manera, el Poder Judicial de la Federación determinó que es constitucional el rango mínimo de dicha sanción pecuniaria
y negó el amparo, al estimar “que no vulnera los principios de proporcionalidad y razonabilidad jurídica previstos en el artículo 22 constitucional.