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Lamenta Rosario Ibarra falta de voluntad política para que se discuta la iniciativa

El PRI y el PAN congelan en el Senado nueva ley sobre desapariciones forzadas
 
Periódico La Jornada
Sábado 7 de abril de 2012, p. 8

Pese a los esfuerzos de la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, Rosario Ibarra, la nueva ley para sancionar la desaparición forzada de personas quedará pendiente, ya que los partidos Acción Nacional (PAN) y Revolucionario Institucional (PRI) no están de acuerdo en que se apruebe.

La legisladora presentó el proyecto de dictamen desde principios de marzo y los priístas han puesto objeciones para que se discuta. La senadora Ibarra consideró que no hay voluntad política de las dos fuerzas mayoritarias en el Senado para expedir una ley que prevea, investigue y sancione la desaparición forzada de personas.

La también dirigente del Comité Eureka recordó que ese delito de lesa humanidad ha sido constante en México desde hace casi medio siglo y desafortunadamente se sigue practicando, sin que haya una norma general encaminada a erradicarlo y a sancionar a los responsables, que en la gran mayoría de los casos se mantienen en la impunidad.

Ibarra lamentó que se deje en la congeladora ese proyecto de Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Desaparición Forzada de Personas, delito de lesa humanidad que se fue desarrollando en México desde la década de los 60 contra opositores al régimen y movimientos sociales.

En el proyecto de dictamen se destaca que tanto la Organización de Naciones Unidas (ONU) como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han dado cuenta de que no se trata sólo de un delito del pasado, sino una preocupación fundamental del presente.

Integrantes del Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias presentaron un informe en marzo de 2011 –luego de una visita al país– en el que manifiestan la urgencia de que se armonice el marco normativo con los estándares internacionales, incluyendo la promulgación de una ley general en la materia.

En el informe –se agrega en el proyecto de dictamen– los expertos de Naciones Unidas se refieren al estado de Guerrero, territorio profundamente lastimado por la impunidad ante las más de mil desapariciones forzadas que realizaron integrantes del Ejército durante los años 60, 70 y 80, sobre todo en Atoyac de Álvarez y la sierra guerrerense.

A esas desapariciones del pasado se suman las del presente, pues la violencia criminal ha dado cobertura a la violencia política y se sigue cometiendo el delito de desaparición forzada de personas con la omisión, aquiescencia o franco reconocimiento de las autoridades, principalmente las militares.

El dictamen fue elaborado a partir de la iniciativa presentada por la bancada del Partido de la Revolución Democrática en diciembre del año pasado, la del diputado Abdallan Guzmán Cruz, en marzo de 2004, y de la también diputada Leticia Gutiérrez, en febrero de 2005.

La nueva ley propuesta indica que la desaparición forzada de personas es un ilícito grave para los efectos legales pertinentes, y por tanto no es susceptible de perdón, indulto, amnistía o figuras análogas, ni se le considerará de carácter político para los efectos de extradición, independientemente de lo que establezcan los tratados internacionales.

La ley obliga al Estado mexicano a no permitir ni tolerar la desaparición forzada de personas, aun en los estados de emergencia, excepción o suspensión de garantías individuales. Asimismo, a perseguir y sancionar a los autores, cómplices y encubridores del delito, con penas de 40 a 60 años de prisión, de la inhabilitación definitiva e inconmutable de ejercer la función pública en cualquiera de sus niveles.

En lugar de una perspectiva basada en la indemnización, como se planteaba en las iniciativas dictaminadas, en el proyecto elaborado por Ibarra se propone un esquema restitutorio de los efectos del delito, para mantener como imperativos categóricos la presentación con vida de la víctima de desaparición forzada, la reivindicación de su nombre, así como el otorgamiento efectivo de garantías por parte del Estado de no repetición de esa práctica.

Igualmente, la ley deja en claro que ese delito no prescribe y que los responsables serán juzgados en tribunales civiles.