Insiste en eliminar los datos personales de los demandantes en las listas de sesiones
Litigantes, público en general y periodistas consideran que la Corte atenta contra la transparencia
Jueves 5 de abril de 2012, p. 13
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) incumplió su compromiso de reinsertar en las listas de sesión los datos personales de los demandantes, sean personas, empresas u organismos cuyos asuntos serán resueltos por el pleno o por las dos salas que integran el máximo tribunal. En cambio, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) sí revirtió la medida y publica, sin ninguna restricción, los nombres de los justiciables.
Los primeros días de marzo pasado, la Suprema Corte y el Consejo de la Judicatura Federal eliminaron de las listas publicadas en sus portales de Internet los datos personales de los demandantes, con el argumento de que lo hacían en acatamiento a la Ley Federal de Transparencia.
Sin embargo, la medida generó molestia entre periodistas, abogados litigantes y público en general, quienes coincidieron en que la acción constituía un paso atrás del Poder Judicial de la Federación en materia de transparencia y acceso a la información.
Por un acuerdo de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la SCJN, fueron eliminadas de las listas de las sesiones del pleno y de las salas los nombres de los quejosos; antes de esa decisión, se omitían de dichas listas únicamente los casos relacionados con menores e edad, o cuando los justiciables lo solicitaban expresamente.
La medida incluyó las versiones estenográficas de las sesiones del pleno de la Corte, a las cuales se les rasuran los datos de las personas o empresas, aun cuando los ministros los hayan mencionado en la sesión que se transmite en vivo a través de Internet y por televisión de paga.
Los ministros justificaron la medida al señalar que lo hacían con base en un acuerdo del pleno que data de 2008, en el que se afirma la obligación de la Corte de tutelar los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de información personal garantizada por el artículo sexto constitucional, como son datos de identificación, laborales, patrimoniales, académicos, ideológicos, culturales, de salud, de características físicas y de vida sexual.
Con la nueva disposición, sólo quienes conozcan el número de expediente de los asuntos que resolverá la SCJN sabrán quiénes son los demandantes, lo que dificulta la labor de los medios de comunicación, investigadores y especiales, ya que muchas veces los asuntos se ubican por el demandante y no por el número de asunto.
El 15 de marzo pasado, la SCJN informó que daba marcha atrás a la orden de suprimir los datos de personas físicas y morales de las listas de acuerdos judiciales, en respuesta a las críticas recibidas. La Corte informó que la Comisión de Transparencia, que integran los ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia, Luis María Aguilar y Olga Sánchez Cordero, sería la encargada de la revisión y actualización de toda la norma interna que existe en materia de transparencia, tomando en cuenta una visión no sólo propia de la función jurisdiccional de la Corte, sino también todo lo que tiene que ver con tratados internacionales en dicha materia.
La SCJN aseguró, en una tarjeta informativa entregada a los medios, que a partir de esa fecha se regresaría al formato anterior. Sin embargo, el compromiso anunciado no se ha cumplido hasta la fecha.