Se castigará a funcionarios que permitan invasión de terrenos
Viernes 29 de abril de 2011, p. 39
Por unanimidad, el pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó ayer reformas al Código Penal de esta capital para endurecer las sanciones de varios delitos ambientales, entre ellos el de invasión de suelo de conservación, en las que se señala que no sólo se castigará con multa de hasta 300 mil pesos y de tres a nueve años de cárcel a quien se apropie ilegalmente de un área de valor ambiental, sino también a los funcionarios públicos que lo permitan, por acción u omisión
.
Las modificaciones incluyen, también, penas más drásticas para casos como el cambio doloso
de uso de suelo de un inmueble para obtener un beneficio económico, tala, descargar o depositar cascajo en lugares prohibidos, recibir dinero por aprobar la verificación vehicular, y expedir engomados falsos que demuestren que un automóvil pasó esta verificación; además, se tipificó como delito grave la transportación hasta de cuatro metros cúbicos de madera aserrada de manera ilícita.
José Alberto Couttolenc, presidente de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente de la ALDF, y promovente de tales reformas, aseguró que con los cambios aprobados se logrará combatir algunos de los delitos ambientales que están causando más daño a nuestro entorno ecológico.
En lo referente a la invasión de suelo de conservación, la norma vigente señala que sólo se sancionará a quien realice
una acción de ese tipo, pero con las adecuaciones se especificó que también se castigará a quien lo permita mediante acción u omisión
, que en este caso se trata fundamentalmente de funcionarios delegacionales, que son los que muchas veces las promueven o permiten
, añadió Couttolenc.
Respecto al desecho de cascajo, el Código Penal señala que se impondrá de uno a cinco años de prisión y de 300 a mil 500 días de multa a quien tire hasta tres metros cúbicos
de ese tipo de materiales en lugares no autorizados, pero ahora se redujo a un metro cúbico
, y la pena se aplicará también a quien transporte residuos de la industria de la construcción sin pagar derechos ni comprobar el destino final que tendrán.
Por lo que hace a la tala, se impondrán de tres meses a cinco años de prisión y de 500 a 2 mil días de multa a quien destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles
.
Se añadió, además, que sea delito grave, con cárcel de tres a nueve años, a quien transporte hasta cuatro metros cúbicos de madera en rollo o su equivalente en madera aserrada
y se duplicará el castigo si ese materia proviene de cualquier zona de valor ambiental.