México D.F. Viernes 5 de noviembre de 2004
Inoperantes, los argumentos en contra del acusado
Videos, prueba aceptada
ENRIQUE MENDEZ Y ROBERTO GARDUÑO
En el dictamen que presentó ayer a la Cámara de Diputados, erigida en jurado de procedencia, la sección instructora defendió el valor probatorio de los videos en los cuales aparece René Bejarano recibiendo dinero en efectivo de Carlos Ahumada, con el argumento de que las grabaciones se realizaron, ''por lo menos, con el consentimiento de uno de los sujetos que participaron'' en la conversación.
Dentro de las 73 cuartillas de la síntesis del dictamen, que la secretaría de la mesa directiva leyó ayer durante casi tres horas, los integrantes de la sección instructora declararon parcialmente fundados pero inoperantes los argumentos de Bejarano para anular la validez de los videos.
Y es que, durante la etapa de pruebas y alegatos previa a la integración del dictamen, Bejarano señaló que los videos fueron obtenidos de manera ilegal ''y constituyen un ilícito constitucional, por lo que no pueden aceptarse como elementos de convicción''.
Sin embargo, la sección instructora alegó que las intervenciones de comunicaciones o conversaciones privadas sólo pueden constituir un ilícito constitucional ''cuando el sujeto activo de la intervención, quien realiza la intervención, es alguien ajeno a la comunicación que se está interceptando, mas no así cuando quien ejecuta la grabación de la conversación 'privada' es una persona que participa en la misma, pues tal circunstancia supone que respecto a esta persona ya no es aplicable la privacidad, pues está interviniendo en la misma''.
Concluye que ''por lógica, la privacidad sólo es oponible a personas ajenas al diálogo, nunca a las personas que participan en la conversación (...) de los mismos videos se observa que ambos participantes intervinieron en dichas conversaciones de manera voluntaria y sin presión de ninguna especie".
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