México D.F. Miércoles 29 de septiembre de 2004
''Vuelta atrás'', que diputados bloqueen
$6 mil millones para el IPAB: banqueros
La Suprema Corte decide intervenir en el caso del amparo
de cuatro bancos
Las instituciones objetan el informe de resultados de
la cuenta pública 2001 que busca reducir pagarés del Fobaproa
JESUS ARANDA
La Suprema Corte resolvió ayer ejercer su facultad
de atracción para conocer el amparo interpuesto por Grupo Financiero
Bancomer, Banco Internacional, Bital y Banorte en contra de la aplicación
de la Ley de Fiscalización Superior, y el informe de resultados
de la cuenta pública de 2001 que contiene recomendaciones y observaciones
tendientes a reducir el monto de los pagarés suscritos a favor de
los bancos de parte del Fobaproa.
Por unanimidad, el máximo tribunal acordó
sumar ese juicio a otros tres en los que ya ejerció también
facultad de atracción en los que los principales bancos del país
reclaman a la autoridad de la Auditoría Superior de la Federación
(ASF) emitir observaciones, recomendaciones, conclusiones y pronunciamientos
contenidos en la revisión y fiscalización superior de la
Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001 en lo correspondiente
al Programa de Capitalización y Compra de Cartera.
Trascendió que, pese a que existe un acuerdo entre
los bancos para desistirse de estos amparos y evitar una segunda sentencia
condenatoria -el juzgado noveno de distrito les negó el amparo-,
la Suprema Corte no ha recibido notificación oficial al respecto
y seguirá el trámite correspondiente. Sin embargo, continúa
en proceso la controversia constitucional que interpuso el Ejecutivo federal
en contra de la Cámara de Diputados y de la ASF por la presunta
''invasión de esferas'' en que habrían incurrido los auditores
al ordenar a la Secretaría de Hacienda el no pago de pagarés
a los bancos en los casos en los que se encontraron irregularidades.
En este contexto, el juzgado noveno de distrito en materia
administrativa determinó el pasado 5 de enero sobreseer el juicio
de amparo que interpusieron los bancos señalados, en razón
de que los actos de la auditoría ''no constituyen actos de autoridad
para efectos de juicio de amparo''. Ello en razón de que las recomendaciones
de la ASF ''no son de observancia obligatoria para la autoridad administrativa,
ni existe medio alguno para asegurar su debida ejecución''.
La sentencia del juzgado estableció que si las
autoridades a las que se dirigen las recomendaciones estiman que el auditor
superior se excedió en sus facultades, es entre autoridades donde
debe dirimirse esa situación, pero la ASF no mantiene ninguna relación
con los bancos, por lo que ''no es autoridad'' para efectos de amparo.
En suma, el juzgado noveno de distrito prácticamente
convalidó la actuación de la ASF en la revisión de
la cuenta pública; aunque para el Ejecutivo federal ello significa
una ''invasión de esferas'' que lo llevó a interponer la
controversia constitucional referida.
En este recurso de amparo, que fue atraído por
la Corte a petición de su presidente, Mariano Azuela Güitrón,
los bancos objetan el Informe de la Cuenta Pública 2001 en el que
se señala que los bancos quejosos ''no debieron participar en el
Programa de Capitalización y Compra de Cartera'', y con respecto
a la aseveración de que ''el Comité Técnico del Fobaproa
funcionó sin reglas de operación'' que le permitiera aprobar
apoyos racionales a los bancos.
Cuestionaron también que la ASF acusara al comité
de actuar discrecionalmente y que incluyeron créditos irregulares
en el Fobaproa.
Los bancos también cuestionan la declaratoria de
la auditoría en sentido de que ''existe una cantidad importante
de créditos de las quejosas que fueron transferidos al Fobaproa
sin cumplir con las bases de capitalización''.
Cabe destacar que en esa sentencia, que será tomada
en cuenta en la controversia constitucional en curso, el juez noveno de
distrito convalidó que la ASF tiene ''facultades amplias'' para
revisar, fiscalizar y evaluar el gasto público, además de
que puede formar pliegos de observaciones y determinar daños y perjuicios
que afecten a la Secretaría de Hacienda u otras entidades públicas
y con ello ''fincar directamente a los responsables las indemnizaciones
y sanciones pecunarias correspondientes''.
Además, puede fincar responsabilidades e imponer
sanciones a los responsables por el incumplimiento a los requerimientos
de información que solicite.
El tema está solventado, según
los financieros
ROBERTO GONZALEZ AMADOR
Como ''una vuelta para atrás'' fue interpretada
en círculos bancarios la decisión de la Cámara de
Diputados de bloquear fondos por 6 mil millones de pesos, que fueron solicitados
por el gobierno federal para cubrir el costo de un acuerdo firmado en julio
pasado entre el Instituto Para la Protección al Ahorro Bancario
(IPAB) y Banamex-Citigroup, BBVA Bancomer, HSBC y Banorte.
''Nos preocupa que salga nuevamente a la discusión
un tema que está solventado'', aseguró este martes Luis Peña
Kegel, director general del Grupo Financiero Banorte. Mientras tanto, el
IPAB aseguró que como resultado de este acuerdo no será necesaria
una partida adicional de recursos fiscales.
El jueves pasado en la Cámara de Diputados, los
partidos Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática
(PRD) del Trabajo (PT) y Convergencia -que juntos hacen mayoría-
hicieron un pronunciamiento conjunto en el que rechazan el alcance del
acuerdo alcanzado por el gobierno y los bancos para hacer el intercambio
de unas obligaciones emitidas al margen del Congreso por el Fondo Bancario
de Protección al Ahorro (Fobaproa) por títulos avalados por
el IPAB, que en tal sentido tendrían carácter de deuda pública.
Opiniones encontradas
Para hacer frente a los compromisos derivados de ese acuerdo,
en 2005 se tendrían que canalizar a los bancos involucrados 6 mil
millones de pesos, adicionales a lo que cada año se destina a financiar
el costo del rescate bancario, según las fracciones parlamentarias,
que se oponen a la aprobación de esa partida hasta que las operaciones
involucradas no sean objeto de una auditoría y no antes de la revisión,
como se desprende del acuerdo entre el gobierno y los bancos.
''Me preocupa que los legisladores no hayan leído
correctamente la información sobre este acuerdo'', dijo Peña
Kegel a pregunta de La Jornada.
En el convenio del 15 de julio sólo se incluyeron
los apoyos recibidos por los bancos a partir de 1995 a través del
llamado Programa de Capitalización y Compra de Cartera (PCCC), que
tenían un valor actualizado de 230 mil millones de pesos. El acuerdo
final implica que el IPAB asume obligaciones por unos 130 mil millones
de pesos y se devuelven a los bancos créditos relacionados -que
fueron otorgados a los mismos accionistas y no fueron pagados- por 9 mil
700 millones de pesos.
''El acuerdo firmado con Hacienda y el IPAB señala
que se devolvieron a los bancos todos los créditos relacionados
que se habían detectado'', añadió Peña Kegel.
''Me preocupa que los diputados pidan que se devuelvan
los créditos relacionados. Eso quiere decir que no leyeron bien,
esos créditos ya fueron regresados a los bancos, los cuales ya dieron
un cheque al IPAB por 9 mil 700 millones de pesos'', añadió.
El director general del Grupo Financiero Banorte aseguró
que las auditorías a las operaciones del PCCC serán concluidas
en marzo y sólo hasta esa fecha los bancos harán el intercambio
de los bonos emitidos por el Fobaproa por títulos avalados por el
IPAB.
''En este momento, ninguno de los cuatro bancos tiene
en sus balances títulos avalados por el IPAB, no se ha hecho ningún
intercambio, todo será hasta que concluyan las auditorías
y esperamos recibir la seguridad de que éstas serán las últimas
revisiones'', comentó.
''Nos preocupa esta vuelta para atrás'', dijo el
ejecutivo bancario, expresando un sentimiento que existe en las cuatro
instituciones que consideran -a diferencia de la mayoría del Congreso-
que el tema del rescate bancario -que ampara una deuda total de más
de un billón (millón de millones) de pesos-, es una discusión
superada.
El IPAB sostiene que no habrá necesidad de recursos
adicionales a los que se vienen solicitando cada año para solventar
las obligaciones derivadas del acuerdo del 15 de julio pasado.
Según información del IPAB, será
hasta que se conozcan los resultados de las auditorías ordenadas
por su junta de gobierno y que se hayan ''aplicado las consecuencias''
que resulten de las revisiones, que el instituto emitirá los instrumentos
de pago o pagarés del IPAB.
Estos pagarés mantendrán en conjunto el
mismo valor, plazo, pagos de interés, tasas de rendimiento y amortizaciones
de capital que los instrumentos de pago emitidos por el Fobaproa a partir
de 1995, cuyo vencimiento era en general a 10 años con una tasa
de interés equivalente a la de los Certificados de la Tesorería
de la Federación.
|