México D.F. Lunes 13 de septiembre de 2004
Afirma que el juez Salas Muñoz fundamentó
de manera errónea su decisión
Impugna la procuraduría militar auto de libertad
al general Acosta Chaparro
Señala que la ratificación de acusaciones
por testigos es suficiente para sentenciarlo
JESUS ARANDA
Para
la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM), la libertad
concedida por el juez cuarto castrense al general Arturo Acosta Chaparro
por "desvanecimiento de datos" en relación con el asesinato de 22
campesinos durante la guerra sucia, carece de fundamento, por lo
que hizo valer ante el Supremo Tribunal Militar (STM) "la contundencia
de sus pruebas", las cuales se basan en declaraciones de testigos presenciales,
quienes ratificaron la participación de Acosta y del general Francisco
Quirós Hermosillo en al menos 33 vuelos de la muerte.
De acuerdo con el recurso de reclamación que presentó
la procuraduría castrense ante el tribunal militar contra la resolución
del pasado julio -que se resolverá en fecha próxima-, el
juez Domingo Arturo Salas Muñoz fundamentó erróneamente
la libertad de Acosta en las pruebas que éste aportó y en
las declaraciones de militares que estuvieron adscritos a la 27 zona militar
en los años 70 (como el ex secretario de la Defensa Enrique Cervantes
Aguirre), porque consideró que los testigos de la fiscalía
fueron aleccionados y estableció que no existe una querella directa
en contra de Acosta Chaparro.
Sin embargo, la fiscalía castrense sostiene que
la ratificación de las acusaciones por los testigos de cargo, entre
quienes destacan Gustavo Tarín Chávez (ex militar que colaboró
con ambos generales y también conoció al otro acusado de
los 22 homicidios, el mayor Francisco Barquín Alonso), las de dos
ex pilotos de la Fuerza Aérea que comandaron el avión Búfalo
que realizó los 33 vuelos de la muerte, en los que fueron
lanzados al mar entre ocho y 12 cadáveres en "cada viaje", y el
testimonio de ocho soldados que resguardaban la seguridad en la base aérea
de Pie de la Cuesta, cerca de Acapulco, Guerrero, que era el centro de
operaciones de los acusados, son suficientes para sentenciar a los oficiales.
Entre los argumentos de la fiscalía presentados
ante el STM destaca también que el juez cuarto militar "confundió"
los testimonios de los testigos, ya que no diferenció entre los
que acusan directamente a los generales por haber presenciado los hechos
y los testigos de "prexistencia"; es decir, declaraciones de al menos 10
campesinos de Coyuca de Benítez, Guerrero, quienes confirmaron que
sus familiares fueron sacados de sus domicilios por los soldados, sin que
hasta la fecha se conozca su paradero.
La PGJM destaca el valor de los "testigos de prexistencia",
que aportaron a la causa papeles oficiales que permiten identificar al
menos a 22 campesinos que fueron lanzados al mar. De acuerdo con el Código
de Justicia Militar, se puede acreditar la muerte de alguien con base en
testimonios. Eso es lo que pretende hacer la procuraduría.
El recurso de reclamación cuestiona también
la decisión del juez Salas Muñoz de conceder la libertad
a Acosta Chaparro por "desvanecimiento de datos", no sólo porque
es una figura jurídica que pocas veces tiene éxito, ya que
para proceder se requiere de situaciones tan extremas como que un acusado
por homicidio salga libre al comprobarse que no ocurrió tal crimen
y que la víctima resulte estar viva, sino también porque
la decisión tuvo lugar en momentos en que aún no ha sido
cerrada la etapa de aportación de pruebas.
Es decir, el procedimiento para presentar pruebas contra
los generales Acosta y Quirós sigue abierto. No obstante, el juez
militar decidió absolver a Acosta Chaparro con el argumento de que
no había pruebas suficientes en su contra. Cabe señalar que
Quirós Hermosillo y Barquín no interpusieron ningún
recurso de libertad por "desvanecimiento de datos".
Sobre el particular, trascendió que la procuraduría
militar ha señalado en sus alegatos que el dictamen favorable para
Acosta no debe influir de maner alguna en la decisión de fondo;
es decir, en la posibilidad de que los acusados sean sentenciados por un
consejo de guerra.
Pese a que la fiscalía militar asegura que hay
elementos para condenar a los oficiales, hasta el momento la justicia castrense
-por conducto de su juez cuarto- se ha inclinado en favor de Acosta Chaparro,
al considerar que no se ha comprobado el motivo ni el cuerpo del delito;
es decir, aunque hay evidencias de los hechos, hasta la fecha no se ha
demostrado en autos la forma en que murieron los campesinos, quién,
dónde y cómo los mataron, y sobre todo que al no haberse
recuperado ningún cadáver no se puede acreditar el cuerpo
del delito.
No obstante lo anterior, la procuraduría confía
en que las testimoniales y otras pruebas que constan en el expediente sean
valoradas positivamente.
La fiscalía da valor especial a las declaraciones
de Tarín, cuyas acusaciones fueron claves para sentenciar a ambos
generales a más de 14 años de prisión por tener vínculos
con el narcotráfico, sentencia que cumplen en la prisión
militar. Después de un año de haber solicitado al gobierno
de Estados Unidos que lo localizara, este testigo protegido compareció
en julio pasado en Pensilvania, ante el Ministerio Público, representantes
del juzgado militar y funcionarios estadunidenses, donde ratificó
las declaraciones en las que imputa a Quirós y Acosta los homicidios.
De acuerdo con el expediente, la PGJM sostiene la tesis
de que Quirós Hermosillo formaba parte de la Brigada Blanca y Acosta
Chaparro era jefe de la policía en Guerrero en los años 70,
por lo que la responabilidad de los homicidios es únicamente de
ellos y del mayor Barquín. Es decir, a la fecha no hay ninguna línea
de investigación contra militares retirados, como el propio Cervantes
Aguirre, ex jefe del Estado Mayor de la 27 zona militar de 1974 a 1976;
el general Luis Humberto López Portillo Leal, subjefe del Estado
Mayor de la 27 zona militar de 1974 a 1976, y el ex general y ex procurador
militar Mario Guillermo Fromow García, quien además estuvo
adscrito en esa zona como agente del Ministerio Público. Estos,
al comparecer sobre los hechos, cuando se les cuestionó al respecto,
respondieron simplemente "no me acuerdo".
De acuerdo con expertos consultados, los acusados tienen
que declarar que recibían órdenes de sus superiores para
que la PGJM abra líneas de investigación contra éstos.
|