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P O L I T I C A
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México D.F. Lunes 13 de septiembre de 2004

Afirma que el juez Salas Muñoz fundamentó de manera errónea su decisión

Impugna la procuraduría militar auto de libertad al general Acosta Chaparro

Señala que la ratificación de acusaciones por testigos es suficiente para sentenciarlo

JESUS ARANDA

acosta_chaparro_otrPara la Procuraduría General de Justicia Militar (PGJM), la libertad concedida por el juez cuarto castrense al general Arturo Acosta Chaparro por "desvanecimiento de datos" en relación con el asesinato de 22 campesinos durante la guerra sucia, carece de fundamento, por lo que hizo valer ante el Supremo Tribunal Militar (STM) "la contundencia de sus pruebas", las cuales se basan en declaraciones de testigos presenciales, quienes ratificaron la participación de Acosta y del general Francisco Quirós Hermosillo en al menos 33 vuelos de la muerte.

De acuerdo con el recurso de reclamación que presentó la procuraduría castrense ante el tribunal militar contra la resolución del pasado julio -que se resolverá en fecha próxima-, el juez Domingo Arturo Salas Muñoz fundamentó erróneamente la libertad de Acosta en las pruebas que éste aportó y en las declaraciones de militares que estuvieron adscritos a la 27 zona militar en los años 70 (como el ex secretario de la Defensa Enrique Cervantes Aguirre), porque consideró que los testigos de la fiscalía fueron aleccionados y estableció que no existe una querella directa en contra de Acosta Chaparro.

Sin embargo, la fiscalía castrense sostiene que la ratificación de las acusaciones por los testigos de cargo, entre quienes destacan Gustavo Tarín Chávez (ex militar que colaboró con ambos generales y también conoció al otro acusado de los 22 homicidios, el mayor Francisco Barquín Alonso), las de dos ex pilotos de la Fuerza Aérea que comandaron el avión Búfalo que realizó los 33 vuelos de la muerte, en los que fueron lanzados al mar entre ocho y 12 cadáveres en "cada viaje", y el testimonio de ocho soldados que resguardaban la seguridad en la base aérea de Pie de la Cuesta, cerca de Acapulco, Guerrero, que era el centro de operaciones de los acusados, son suficientes para sentenciar a los oficiales.

Entre los argumentos de la fiscalía presentados ante el STM destaca también que el juez cuarto militar "confundió" los testimonios de los testigos, ya que no diferenció entre los que acusan directamente a los generales por haber presenciado los hechos y los testigos de "prexistencia"; es decir, declaraciones de al menos 10 campesinos de Coyuca de Benítez, Guerrero, quienes confirmaron que sus familiares fueron sacados de sus domicilios por los soldados, sin que hasta la fecha se conozca su paradero.

La PGJM destaca el valor de los "testigos de prexistencia", que aportaron a la causa papeles oficiales que permiten identificar al menos a 22 campesinos que fueron lanzados al mar. De acuerdo con el Código de Justicia Militar, se puede acreditar la muerte de alguien con base en testimonios. Eso es lo que pretende hacer la procuraduría.

El recurso de reclamación cuestiona también la decisión del juez Salas Muñoz de conceder la libertad a Acosta Chaparro por "desvanecimiento de datos", no sólo porque es una figura jurídica que pocas veces tiene éxito, ya que para proceder se requiere de situaciones tan extremas como que un acusado por homicidio salga libre al comprobarse que no ocurrió tal crimen y que la víctima resulte estar viva, sino también porque la decisión tuvo lugar en momentos en que aún no ha sido cerrada la etapa de aportación de pruebas.

Es decir, el procedimiento para presentar pruebas contra los generales Acosta y Quirós sigue abierto. No obstante, el juez militar decidió absolver a Acosta Chaparro con el argumento de que no había pruebas suficientes en su contra. Cabe señalar que Quirós Hermosillo y Barquín no interpusieron ningún recurso de libertad por "desvanecimiento de datos".

Sobre el particular, trascendió que la procuraduría militar ha señalado en sus alegatos que el dictamen favorable para Acosta no debe influir de maner alguna en la decisión de fondo; es decir, en la posibilidad de que los acusados sean sentenciados por un consejo de guerra.

Pese a que la fiscalía militar asegura que hay elementos para condenar a los oficiales, hasta el momento la justicia castrense -por conducto de su juez cuarto- se ha inclinado en favor de Acosta Chaparro, al considerar que no se ha comprobado el motivo ni el cuerpo del delito; es decir, aunque hay evidencias de los hechos, hasta la fecha no se ha demostrado en autos la forma en que murieron los campesinos, quién, dónde y cómo los mataron, y sobre todo que al no haberse recuperado ningún cadáver no se puede acreditar el cuerpo del delito.

No obstante lo anterior, la procuraduría confía en que las testimoniales y otras pruebas que constan en el expediente sean valoradas positivamente.

La fiscalía da valor especial a las declaraciones de Tarín, cuyas acusaciones fueron claves para sentenciar a ambos generales a más de 14 años de prisión por tener vínculos con el narcotráfico, sentencia que cumplen en la prisión militar. Después de un año de haber solicitado al gobierno de Estados Unidos que lo localizara, este testigo protegido compareció en julio pasado en Pensilvania, ante el Ministerio Público, representantes del juzgado militar y funcionarios estadunidenses, donde ratificó las declaraciones en las que imputa a Quirós y Acosta los homicidios.

De acuerdo con el expediente, la PGJM sostiene la tesis de que Quirós Hermosillo formaba parte de la Brigada Blanca y Acosta Chaparro era jefe de la policía en Guerrero en los años 70, por lo que la responabilidad de los homicidios es únicamente de ellos y del mayor Barquín. Es decir, a la fecha no hay ninguna línea de investigación contra militares retirados, como el propio Cervantes Aguirre, ex jefe del Estado Mayor de la 27 zona militar de 1974 a 1976; el general Luis Humberto López Portillo Leal, subjefe del Estado Mayor de la 27 zona militar de 1974 a 1976, y el ex general y ex procurador militar Mario Guillermo Fromow García, quien además estuvo adscrito en esa zona como agente del Ministerio Público. Estos, al comparecer sobre los hechos, cuando se les cuestionó al respecto, respondieron simplemente "no me acuerdo".

De acuerdo con expertos consultados, los acusados tienen que declarar que recibían órdenes de sus superiores para que la PGJM abra líneas de investigación contra éstos.

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