México D.F. Lunes 6 de septiembre de 2004
Concede suspensión hasta resolver de fondo el tema
La Corte respalda a Hacienda en controversia con la ASF
JESUS ARANDA Y ENRIQUE MENDEZ
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió la suspensión solicitada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en contra de las auditorías que realiza la Auditoría Superior de la Federación (ASF) sobre la cuenta pública federal.
Al admitir la controversia constitucional presentada por el presidente Vicente Fox en contra del Congreso de la Unión y de la ASF, el ministro instructor de la controversia (en la lista general de la Unidad de Controversias Constitucionales y Acciones de Inconstitucionalidad de la Corte no se precisó el nombre del magistrado) concedió la suspensión solicitada por la SHCP -que actúa con la representación del presidente Vicente Fox en este juicio-, a efecto de que la ASF no emita órdenes ni recomendación alguna a la dependencia federal hasta en tanto no se resuelva el fondo del asunto.
De acuerdo con fuentes de la Cámara de Diputados, la presente controversia tiene que ver con el examen que lleva a cabo la ASF a los derechos por trámite aduanero (DTA), rubro en el cual se detectó un presunto desvío de más de 2 mil millones de pesos que no fueron reportados a la Tesorería de la Federación en los ejercicios fiscales 2001 y 2002.
La investigación reveló también que del Fideicomiso de Aduanas (Fiso 1) se transfirieron a la empresa Integradora de Servicios (Isosa), constituida con recursos de Nacional Financiera en 1993 por los actuales secretarios de Hacienda y Gobernación, Francisco Gil Díaz y Santiago Creel Miranda, respectivamente.
Al encontrar la irregularidad, la ASF exigió a Hacienda información sobre el manejo de los recursos, que le fue negada con el argumento de que en este caso también se aplica el secreto fiduciario. Nafin ostenta 99.9 por ciento de las acciones de Isosa, por lo cual la ASF la considera una empresa de participación estatal mayoritaria y, por tanto, es auditable. Hacienda se inconformó y presentó ante la Corte la controversia constitucional, que fue admitida con el número 84/2004 el pasado viernes 3 de septiembre, en la cual quedó especificado que la parte demandada la constituye el Congreso de la Unión, además de la ASF, "en virtud de que ésta es una dependencia auxiliar de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para la revisión de la cuenta pública que tiene autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, y a la que se le imputa el acto reclamado".
Esta no es la primera vez que se pretende limitar la actuación de la ASF en la revisión de la cuenta pública. La Corte ya conoció controversias constitucionales en las que el Ejecutivo federal se inconformó porque la Auditoría había ordenado no saldar pagarés del Fobaproa en los cuales había encontrado irregularidades.
En aquella ocasión el Ejecutivo alegó que la ASF no tiene facultades para ordenar a las dependencias gubernamentales qué hacer en caso de encontrar irregularidades en la cuenta pública. Pese a que la Corte resolvió en su momento que la ASF no podía determinar si procedía o no el pago de pagarés del Fobaproa, el máximo tribunal no ha emitido un juicio definitivo sobre los alcances que deben tener las auditorías y la obligación de las dependencias oficiales de cumplir con las mismas.
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