México D.F. Lunes 30 de agosto de 2004
Detectó sida a un cabo y lo dio de baja
Nueva recomendación de la CNDH a Marina
En nueva recomendación dirigida al secretario de Marina, Marco Antonio Peyrot González, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) afirmó que dicha dependencia aplicó sin consentimiento previo un examen de detección del virus del VIH-sida a un cabo de infantería que fue dado de baja por inutilidad en el servicio y a quien notificaron que era portador del virus nueve meses después de que le aplicaron la prueba de detección.
La CNDH señaló que la Secretaría de Marina no tiene entre sus atribuciones realizar pruebas de detección del VIH-sida a su personal, "sin obtener previamente su autorización", y estableció que la facultad de la dependencia para practicar exámenes médicos en forma periódica a su personal "no es aplicable a quienes acuden al Centro Médico Naval en razón del detrimento de su salud y no en acatamiento a la mencionada disposición administrativa".
El afectado, del que no se proporcionó su nombre por razones de confidencialidad, fue enviado al Centro Médico Naval el 12 de marzo de 2003 por padecer diarrea y fue sometido, sin su consentimiento, a la prueba de detección del VIH-sida, y tras ser dado de alta el 18 de marzo, permaneció como incapacitado en su domicilio hasta el 9 de diciembre de ese año, cuando fue notificado de su padecimiento y, dos meses más tarde, fue dado de baja por inutilidad en el servicio.
Ante estos hechos, la CNDH solicitó a la Secretaría de Marina una propuesta de conciliación entre el quejoso y la dependencia, la cual fue rechazada por las autoridades castrenses. La CNDH denunció en un comunicado el incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana para la Prevención y Control de la Infección por Virus de Inmunodeficiencia Humana NOM-010-SSA2-1993, así como la violación del derecho a la salud del agraviado, por lo que solicitó a las autoridades responsables que proporcionen la atención medica debida al afectado y su familia, se inicie un proceso administrativo contra los médicos adscritos al Centro Médico Naval que atendieron el caso y se dejen sin efecto las acciones que causen perjuicio al agraviado. LAURA POY SOLANO
|