México D.F. Domingo 13 de junio de 2004
Faltan garantías
Bancos incumplen contratos; litigios de hasta 17 años
NOTIMEX
La falta de garantías para el cumplimiento de un contrato firmado con un banco genera desconfianza hacia este tipo de instituciones, más cuando luego de 17 años de reclamar el pago de obligaciones no se tiene respuesta.
Para el abogado José Antonio Marván, la banca debe retomar como tarea fundamental de servicio el financiamiento a las actividades productivas y no basar sus objetivos en la obtención de ganancias vía el cobro de comisiones o la mala interpretación de una disposición judicial en perjuicio de alguno de sus clientes.
Expone como ejemplo el contrato que, como fiduciario, firmó Grupo Financiero Bancomer con Impulsora Nacional de Casas en enero de 1987, para la venta de 90 viviendas en el estado de Morelos al Fondo de Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste).
Fovissste cubrió de contado el importe por las viviendas, pidió que Bancomer, hoy BBVA Bancomer, fungiera como depositario y del total para entregarlo en dos parcialidades.
Ese contrato, asegura Marván, establecía la obligación de la fiduciaria de invertir el total en Certificados de la Tesorería de la Federación y reinvertir sus productos en la misma forma, lo que no reconoce la institución bancaria en perjuicio de quienes invirtieron en el desarrollo habitacional y calculan un acumulado de 60 millones de pesos.
El contrato original estableció que la cantidad depositada debería ser entregada a la vendedora en dos parcialidades: 70 por ciento más los productos que generara el depósito en el momento en que el Fovissste autorizara cambiar el régimen de vivienda en arrendamiento a vivienda en venta y se otorgara escritura pública con la subdivisión.
Luego de diversos alegatos, la controversia judicial se radicó en el juzgado tercero de distrito en materia civil, que a mediados de 2003 ordenó la restitución del depósito con los rendimientos correspondientes, cantidad que se determinaría en ejecución de sentencia.
Ignoran resolución judicial
La institución bancaria sólo reconoce una de las cláusulas de la sentencia, de manera que pretende pagar sólo el depósito más el importe de una primera inversión, no así de las reinversiones subsecuentes que señala otra de las cláusulas.
De ahí la inconformidad de los constructores que, tras verse imposibilitados para cobrar la totalidad del importe de las casas que vendieron hace 17 años, prefirieron ceder los derechos de cobro a dos personas físicas, explica Marván.
Para el abogado, este es sólo uno de los casos donde se incumple un contrato, y recuerda que otro más, que involucra a BBVA Bancomer, es el de la empresa textil Dtex, del empresario estadunidense James Gibbs por la compra de la mexicana Denimtex, en Ciudad Juárez, en remate judicial.
El asunto, explica, es que en su calidad de depositaria, el banco impidió que el postor tomara posesión de la maquinaria adquirida, aun después de obtener un amparo.
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