México D.F. Martes 20 de abril de 2004
Por lo menos en las próximas 72 horas
no podrá ser detenido, señala el juzgado sexto
Otorgan a Imaz la suspensión provisional
El juez 11 penal no ha girado la orden de aprehensión
solicitada por la PGJDF: Sales
ALFREDO MENDEZ ORTIZ Y SUSANA GONZALEZ G.
El
juzgado sexto de distrito A de amparo otorgó ayer a Carlos Imaz
Gispert, delegado de Tlalpan con licencia, la suspensión provisional
de cualquier orden de aprehensión que en su contra pueda emitir
el juez 11 de lo penal, con sede en el Reclusorio Norte, Casiano Carlos
Morales García, por delitos derivados del video en el que se ve
al perredista recibiendo del empresario Carlos Ahumada Kurtz más
de 300 mil pesos en efectivo.
De esta forma, el indiciado no podrá ser detenido
-aunque en las próximas horas se libre en su contra alguna orden
de captura-, por lo menos hasta que la autoridad judicial determine si
le concede o le niega la suspensión definitiva, lo que podría
ocurrir en las próximas 72 horas, mismas que vencen el jueves próximo.
Fuentes del Poder Judicial informaron a este diario que
la juez María Elena Leguizamo Ferrer -la misma que negó hace
dos semanas la suspensión provisional a Ahumada Kurtz- recibió
desde el pasado viernes la demanda de amparo, así como la solicitud
de suspensión del acto reclamado. Ambos recursos fueron solicitados
por la defensa de Imaz Gispert, y de acuerdo con los informantes, la juzgadora
dio entrada la mañana de ayer al juicio de garantías -al
cual le fue asignado el número de expediente 851/2004-, además
de que le concedió al quejoso la suspensión temporal de los
actos reclamados (cualquier orden de aprehensión).
Asimismo, agregaron las mismas fuentes, la impartidora
de justicia impuso al quejoso una "fianza provisional" de 93 mil pesos,
misma que deberá garantizar a más tardar el miércoles
próximo.
La juez no podrá resolver si concede o niega la
suspensión definitiva a Imaz, hasta que reciba del juez 11 de lo
penal la notificación oficial de si ya existe orden de aprehensión
contra el indiciado, y los cargos penales que se le imputan. No obstante,
hasta el cierre de esta edición la juez de amparo aún no
recibía los informes justificados, ya que el juez 11 de lo penal
cuenta desde ayer con tres días hábiles -los cuales vencen
el jueves próximo- para enviarlos a la autoridad solicitante.
En tanto, fuentes del juzgado 11 de lo penal indicaron
a La Jornada que el titular de ese órgano judicial sólo librará
la orden de aprehensión contra Imaz por delitos electorales, cuya
penalidad no supera los seis años de cárcel, y por lo que
el indiciado alcanza libertad bajo fianza.
Susana González G.
En tanto, la orden de aprehensión contra Carlos
Imaz, solicitada desde el viernes pasado por la Procuraduría General
de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), hasta ayer no había sido
girada por el juzgado 11 penal del Reclusorio Norte.
El subprocurador de Averiguaciones Previas Centrales de
la PGJDF, Renato Sales Heredia, confirmó que se mantenían
a la espera de cualquier respuesta del juzgado referido y precisó
que el delito inicial imputado al jefe delegacional con licencia es por
"operaciones con recursos de procedencia ilícita en materia electoral".
Así está establecido en la fracción
séptima del artículo 356 del nuevo Código Penal para
el Distrito Federal: "Se impondrán de uno a seis años de
prisión y de 100 a 500 días de multa al funcionario partidista,
al candidato o al funcionario de las agrupaciones políticas que
obtenga o utilice fondos provenientes de actividades ilícitas para
su campaña electoral, a sabiendas de esta circunstancia".
El subprocurador dijo que la acusación contra Imaz
parte de la denuncia que el mes pasado interpusieron el PRI y el PAN capitalinos,
que acusaban del delito de cohecho, el cual fue desechado.
Aclaró que además "hay una denuncia de hechos.,
y explicó que cuando los delitos se persiguen de oficio, cualquier
persona tiene personalidad para presentar la acusación. Este (el
electoral) es un delito que se persigue de oficio, no es un delito de querella,
si lo fuera, se requiere una persona en específico para presentar
la acusación".
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