México D.F. Miércoles 28 de enero de 2004
No rige el secreto bancario
El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) no podrá acogerse al secreto bancario y está obligado a hacer del conocimiento público el acta de entrega del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), resolvió el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI).
La resolución para obligar al IPAB a incluir en su página electrónica los textos íntegros de las actas de las reuniones de su junta de gobierno, y la referida a la entrega del Fobaproa al instituto -como lo reveló este diario- advierte que la Ley de Instituciones de Crédito no es aplicable a esa medida, y dicta un plazo máximo de tres meses para hacerla del conocimiento de la sociedad.
Desde 1999 el IPAB se niega a dar a conocer los documentos que revelan los entretelones del rescate bancario, con el argumento de que existe información clasificada como ''reservada y confidencial'', protegida por el secreto fiduciario.
No obstante, los comisionados del IFAI, María Marván Laborde, Alonso Gómez-Robledo, Juan Pablo Guerrero Amparán, José Octavio López Presa y Horacio Aguilar Alvarez, consideraron que ''el acta de entrega del Fobaproa-IPAB no puede considerarse acto fiduciario, y que por tanto esté protegido por la Ley de Instituciones de Crédito, por no ser un secreto fiduciario tampoco''.
La resolución también ordena al IPAB ''clasificar'' la información en los casos donde el supuesto normativo lo permita y obsequie aquella susceptible de hacerse pública: ''Por lo anterior, es de concluir que se debe elaborar una versión pública de las actas de las sesiones de la junta de gobierno del IPAB de 1999 a la fecha, del acta de entrega de recepción y sus anexos, eliminando todos aquellos datos que puedan ser considerados reservados o confidenciales, y entregarse al recurrente''. ROBERTO GARDUÑO Y ENRIQUE MENDEZ
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