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México D.F. Miércoles 19 de noviembre de 2003

Asegura que el Congreso estatal invadió la esfera de competencia del Poder Judicial

La SCJN anula fallo que cesó a dos magistrados y una juez en Guerrero

Incomoda el dictamen a ministros; los beneficiados favorecieron a presunto secuestrador, aseguran

JESUS ARANDA

mesino2El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó los efectos del juicio político por el cual el Congreso de Guerrero destituyó e inhabilitó el 24 agosto de 2001 a los magistrados Miguel Maya Manrique y Jesús Martínez Garnelo, así como a la juez de primera instancia María del Pilar León Flores. Por nueve votos contra uno, los ministros de la SCJN determinaron que el Poder Legislativo guerrerense invadió la esfera de competencia del Poder Judicial local.

Al resolver este martes la controversia constitucional planteada por el Supremo Tribunal de Justicia de Guerrero contra la Legislatura de ese estado, la SCJN ratificó su criterio de evitar que la autonomía e independencia de los poderes judiciales estatales sea vulnerada por los otros poderes.

Sin embargo, de acuerdo con fuentes de la SCJN, que solicitaron anonimato, hubo ministros que se sintieron "incómodos" con el fallo, pues los juzgadores beneficiados fueron acusados de actuar indebidamente al revocar la sentencia condenatoria de 26 años contra Carlos A. García El Calilla, quien el 8 de marzo de 1996 secuestró a Oscar Ibáñez Reyes, hijo del empresario gasolinero de Chilpancingo Javier Ibáñez Sandoval.

"Es una pena que el asunto tenga que ver con la conducta de los magistrados y la juez, caso en que estuvo a discusión el otorgamiento de la libertad a un presunto secuestrador", indicaron fuentes judiciales, quienes aseguraron que en este asunto, el pleno de la SCJN se limitó a analizar el aspecto jurídico del caso, pues el Poder Legislativo de Guerrero actuó ilegalmente al atribuirse facultades que no le corresponden -como calificar los criterios jurídicos de la sentencia en cuestión-, dando así lugar al juicio político "en un caso no previsto, ni autorizado por la Constitución ni por la Ley de Responsabilidades de Guerrero".

Cinco días para reinstalarlos

Los informantes añadieron que la sentencia de la SCJN concedió cinco días a los legisladores guerrerenses para reinstalar en sus cargos a los juzgadores, aunque la resolución no prevé el pago retroactivo de salarios no devengados ni la restitución de otros derechos laborales. "Eso tendrán que tramitarlo los beneficidos, mediante juicio de amparo", explicaron.

De acuerdo con la sentencia elaborada por el ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano, la afectación de la competencia constitucional del Poder Judicial de Guerrero, por la 56 Legislatura local, radica en que ésta carece de facultares legales para analizar las constancias del procedimiento penal de primera y segunda instancias para de ahí resolver el juicio político que derivó en el cese e inhabilitación por seis años de los juzgadores.

Por otra parte, los ministros precisaron en su dictamen que sí procede el recurso de controversia constitucional, cuando se impugnen aspectos relacionados con un procedimiento de juicio político instaurado por los congresos estatales, porque de lo contrario, "las declaraciones y resoluciones de las autoridades locales escaparían al control constitucional". La Constitución federal sólo señala que son inatacables los procesos de juicio político que inicie el Congreso de la Unión.

Los ministros desestimaron el argumento del Congreso local, de que el Tribunal Superior de Justicia de Guerrero no tenía interés jurídico en el asunto, porque los afectados eran "únicamente" los tres juzgadores.

El pleno de la SCJN estableció que la independencia en la función jurisdiccional de los poderes judiciales locales "constituye una prerrogativa" para su buen funcionamiento, por lo que el juicio político seguido a los juzgadores pudiera llegar a incidir en la esfera jurídica de dicho poder, "máxime que el Congreso local analizó un sentencia jurisdiccional, sin tener facultades para ello".

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