Si en 40 días el mandatario no emite comentarios sobre una reforma, será promulgada
Acotarán facultad al Presidente para vetar leyes aprobadas por el Congreso
El jefe del Ejecutivo debe renunciar a los poderes metaconstitucionales: Del Río Virgen
ENRIQUE MENDEZ Y ROBERTO GARDUÑO
La Cámara de Diputados acordó ayer reformar el artículo 72 de la Constitución, que pondría fin a la "facultad discrecional" del titular del Poder Ejecutivo para "vetar" las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión, y definió que si transcurren 40 días naturales y el Presidente de la República no emite comentarios sobre una reforma o no la publica, el Legislativo ordenará que se inserte en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor.
Luego de que el presidente Vicente Fox se negó a publicar la Ley de Desarrollo Rural, que se votó en diciembre de 2002, los diputados apuraron un consenso para modificar el párrafo primero y el inciso b del artículo 72 constitucional, y superar la "laguna legal" que permitía al jefe del Ejecutivo eludir la promulgación de las leyes aprobadas por los legisladores.
La reforma, que será enviada al Senado, salió ayer con el consenso de todas las bancadas y por 389 votos en favor. Como estaba redactado, el artículo 72 otorgaba al Ejecutivo un plazo de 10 días para formular observaciones a dictámenes aprobados en las cámaras de Diputados y Senadores, y con la modificación al inciso b ese término se amplió 30 días.
El diputado Félix Castellanos Hernández, del PT, explicó que una vez cumplido ese lapso, si no se reciben comentarios del Presidente sobre una ley, ésta "será considerada como promulgada" y el presidente de la cámara que la emitió ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Además se incluyó una adición para definir que estos plazos no se considerarán interrumpidos si el Congreso concluye sus sesiones.
En la discusión del dictamen, el diputado priísta Javier García González planteó que el denominado "veto de bolsillo" nunca se planteó en la Constitución como un instrumento de carácter absoluto, y que no concedía al Ejecutivo la facultad de abolir una decisión tomada por el Legislativo, que es un poder soberano.
Con esta reforma, dijo, se pondrá "coto a la frecuente tentación del gobierno de asumir conductas típicas de la dictadura, pues al no publicar una ley aprobada por el Congreso, sin devolverla en tiempo con las observaciones, lo que hace es menospreciar al pueblo soberano y ejercer funciones extraconstitucionales".
José Manuel del Río Virgen, diputado de Convergencia por la Democracia, señaló que como estaba redactado dicho artículo sólo se beneficiaba al mandatario en turno, en detrimento de los legisladores. "Este dictamen -argumentó- es un avance trascendente. Ahora el Presidente debe renunciar a los poderes metaconstitucionales que permanecen desde el viejo régimen".
Para Ricardo Moreno Bastida, del PRD, de ahora en adelante "ya no veremos a un Ejecutivo que simplemente guarde silencio para eliminar, con un simple sobre o un bolsazo, la voluntad soberana del Poder Legislativo".
La bancada panista también respaldó la reforma, y el diputado José Alfredo Botello Montes insistió en que con ello se "acota la facultad constitucional" del Presidente para intervenir en el proceso legislativo. "Reconocemos -añadió- la necesidad de que el Ejecutivo pueda realizar comentarios a los proyectos de ley que le envía el Congreso; sin embargo, también reconocemos que votamos por la existencia de certidumbre en los tiempos y las formas".