"Es constitucional"
Aclara la Corte que la prueba de ADN no se ha prohibido
JESUS ARANDA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación aclaró ayer que no ha emitido ningún pronunciamiento respecto a la constitucionalidad del ofrecimiento de prueba pericial en genética (ADN) en juicios en los que estén en duda cuestiones de paternidad.
En un comunicado, el máximo tribunal precisó que en días pasados resolvió una contradicción de tesis entre los tribunales colegiados segundo y tercero del 23 circuito, en donde la primera sala de la Corte tenía que decidir únicamente "qué clase de juicio procede en contra de la admisión y orden de desahogo de la prueba pericial en genética".
Es decir, si era por medio del amparo directo o del amparo indirecto, por lo que se trató un asunto "meramente procesal y no de fondo".
La Corte concluyó que "es inexacto" que hubiera prohibido el ofrecimiento y desahogo de la prueba de ADN, y que en lo que respecta a la admisión y desahogo de esta prueba pericial, lo que procede es el amparo indirecto.