Rechazan la inconformidad del PRD por la consulta priísta sobre la pena de muerte
Atenderá el TEPJF quejas por violación de derechos políticos en los partidos
ALONSO URRUTIA
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los militantes de un partido están en posibilidad de acudir ante esta instancia para exponer presuntas violaciones a sus derechos políticos por parte de sus dirigencias. Con este fallo se interrumpe la jurisprudencia anterior que se basaba en la improcedencia de los juicios para la protección de los derechos políticos electorales contra actos de partidos.
El magistrado Leonel Castillo González propuso que se aplicara este criterio con base en que el mandato del artículo 17 constitucional se basa en el derecho que tiene el ciudadano "a que se le administre justicia por tribunales". Agregó que dicho precepto no acepta ninguna excepción, motivo por lo cual no puede hacerse en el caso de los derechos políticos.
En la sesión de ayer, el TEPJF también consideró improcedentes los recursos interpuestos por el perredista Salvador Nava Castillo y el priísta Juan Ramiro Robledo, quienes impugnaron los procedimientos internos seguidos por el PRD y PRI, respectivamente, en la selección de candidatos a la gubernatura de San Luis Potosí. Con el fallo, quedaron firmes las candidaturas de Elías Dip Rame, del PRD, y de José García Julián, por el PRI.
En la misma sesión, el TEPJF rechazó la queja interpuesta por el PRD en contra de la Alianza para Todos en el estado de México, relacionada con la ilegalidad de la consulta efectuada en torno a la pena de muerte. Asimismo, desestimó otros recursos de militantes relacionados con el proceso mexiquense por considerarlos extemporáneos.
Por lo que corresponde a los derechos políticos, el magistrado Castillo dijo que cualquier ciudadano que ingresa a un partido se encuentra ya provisto de derechos políticos que se incrementan con su ingreso a las organizaciones, que son -subrayó- instancias de interés público, que tienen acceso a medios de comunicación y gozan de prerrogativas provenientes del financiamiento público.
Al avalar esta postura, el magistrado José Luis de la Peza destacó que si no se aceptara la posibilidad de que los ciudadanos pudieran interponer juicios sobre derechos políticos electorales en contra de los partidos, se abriría una laguna jurídica "y quedarían impunes aquellos actos que violen derechos político- electorales"
Sin embargo, la postura no fue unánime, pues se opusieron los magistrados Alfonsina Berta Navarro Hidalgo y Eloy Fuentes, quienes señalaron que esto implicaría que los partidos no tengan garantías para recurrir a estos fallos. Por cinco votos en favor y dos en contra se aprobaron estos nuevos criterios del TEPJF.