La perfidia ha erosionado ese derecho, dice diputado
Lista en San Lázaro, iniciativa para reformar la Ley de Amparo
ROBERTO GARDUÑO
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputados elaboró una iniciativa de reforma a la Ley de Amparo con la finalidad de "eliminar y suprimir los obstáculos con que la astucia y a veces la perfidia han ido desgastando ese derecho''.
El documento pretende imponer la obligación de que las partes en conflicto hagan valer sus derechos y el órgano jurisdiccional encargado del juicio de amparo resuelva todas las violaciones procesales o formales que se encuentren en el caso. También, de aprobarse la iniciativa, las autoridades judiciales encargadas del amparo estarían obligadas a precisar la sentencia y la razón por la que concede la protección de la justicia federal.
Además, una de las razones de los cambios propuestos se centraría en la creación del llamado amparo adhesivo. Esta nueva figura implicaría que todas las partes de un procedimiento ''deban promover la demanda de amparo en una misma temporalidad, o sea, dentro del plazo que se establece en la ley para cada caso".
Esto significa que si la parte solicitante obtuvo una sentencia favorable, pero la demandada promueve un nuevo juicio de amparo, la primera, si estima que la sentencia le fue favorable y pretende impugnar un punto decisorio que le perjudique, deberá promover una demanda de amparo en forma adhesiva a la que presente su contraparte.
''Esto en la inteligencia de que ambas demandas deberán tramitarse en un mismo expediente, se regirán por las mismas reglas y correrán la misma suerte procesal, de modo tal que si no se prueba la adhesión a la demanda principal, cualquier violación que pudiese advertirse luego de dictado el fallo en que se haya concedido el amparo ya no podrá alegarse en uno nuevo, pues las autoridades las considerarán consentidas".
Por otra parte, diputados de PRI, PAN, PRD, PT y Partido Verde proponen en su iniciativa que en las sentencias en que se conceda amparo se otorgue a los tribunales colegiados de circuito jurisdicción plena para conceder la protección federal lisa y llanamente, no para efectos, sustituyéndose al tribunal responsable en cuanto a la decisión de la controversia planteada en el proceso.
La iniciativa, considerada la de mayor envergadura en el fortalecimiento del juicio de amparo de los últimos 25 años, pretende también que en las sentencias en las que se conceda esa protección deban precisarse sus efectos; esto es, describir la razón concreta que motivó el otorgamiento de la protección constitucional, así como la forma en que la autoridad responsable deba cumplir. Esto con la finalidad de evitar vicios de procedimiento y lograr su exacto cumplimiento
Lo anterior obedece a que con frecuencia las autoridades responsables, con el argumento de falta de claridad en las sentencias, no les dan cumplimiento o, pretendiendo cumplirlas, no hacen más que reiterar el propio acto que ya se declaró inconstitucional.
De tal forma, la medida está encaminada a que los órganos jurisdiccionales de amparo sean más precisos en sus resoluciones al decidir sobre el acto concreto respecto del cual se conceda la protección de la justicia federal, pues no se ignora que a veces las sentencias son de tal vaguedad que realmente ponen en predicamento a las autoridades responsables por no saber a ciencia cierta cómo proceder para dar efectivo cumplimiento a las ejecutorias del amparo.
La iniciativa a la ley de amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, fue turnada por la mesa directiva de la Cámara de Diputados a la misma Comisión de Justicia, que en breve deberá modificar o regresarla tal y como está a la presidencia de San Lázaro.