Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 25 de marzo de 2003
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Sociedad y Justicia

Formalmente ya se logró un acuerdo para restituir las tierras a ejidatarios

Analiza la Corte conocer el conflicto territorial en Bernalejo

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para conocer de la demanda interpuesta por el gobierno de Zacatecas en contra de la resolución dictada por el Tribunal Unitario Agrario del distrito uno con sede en esa entidad, respecto a la sentencia que afectó un predio de más de 5 mil hectáreas de ejidatarios de San Pablo Bernalejo, municipio de de Valparaíso, que fueron invadidas por indígenas tepehuanos procedentes de Durango.

Con base en el artículo 97, párrafo segundo de la Constitución, los ministros consideraron que el tema es de trascendencia nacional, por lo que debe ser analizado para determinar si procede o no, que el máximo tribunal de justicia se aboque a su estudio.

El gobierno de Zacatecas argumenta que el Tribunal Unitario Agrario anuló un decreto expropiatorio en favor de los tepehuanos, y le otorgó las tierras a los ejidatarios de Bernalejo; sin embargo, los indígenas se resistieron a acatar el fallo lo que provocó incluso la intervención del Ejército.

Aun cuando formalmente ya se llegó a un acuerdo negociado para restituir las tierras a los ejidatarios, el gobierno de Zacatecas solicitó a la Corte que ejerciera su facultad de atracción, el cual por cierto ha procedido en muy contadas ocasiones en la historia.

La más reciente fue cuando el máximo tribunal investigó la matanza de Aguas Blancas, cuyas conclusiones nunca fueron tomadas en cuenta por el Ejecutivo federal, ni las procuradurías general de la República y del estado de Guerrero, pese a que había señalamientos directos en contra del ex gobernador de esa entidad, Rubén Figueroa, en la violación de las garantías individuales de los campesinos que fueron asesinados a manos de elementos policiacos estatales.

El ministro Juventino V. Castro y Castro será el instructor de este asunto y le tocará determinar si la Corte debe o no, conocer del asunto.

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