Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Lunes 10 de marzo de 2003
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A la fecha el GDF no ha emitido los ordenamientos correspondientes: Zavaleta

La Ley de Transporte, en riesgo de quedar en letra muerta

RAUL LLANOS SAMANIEGO

A unos días de que venza el plazo fijado por la Ley de Transporte al Gobierno del Distrito Federal para que expida nuevos reglamentos sobre la materia y actualice los ya existentes, no existe interés de las autoridades por darle celeridad a este asunto, afirmó la presidenta de la Comisión de Vialidad y Tránsito Urbano de la Asamblea Legislativa, Ruth Zavaleta.

De acuerdo con la legisladora perredista, el artículo tercero transitorio de la Ley de Transporte indica claramente que las modificaciones que deban realizarse a otros ordenamientos y la creación de manuales, lineamientos y demás dispositivos deberán expedirse y publicarse a más tardar en 180 días luego de publicarse el mencionado marco legal, y el asunto es que mientras no se establezcan las reglas esta legislación no tendrá aplicabilidad.

Zavaleta detalló que algunos de los reglamentos que tendrán que emitirse como nuevos o que se actualizarán tienen que ver con el transporte de pasajeros, bicitaxis, estacionamientos públicos, manifestaciones públicas en vialidades, transporte de materiales, sustancias o residuos peligrosos y materiales tóxicos, así como de publicidad en vehículos.

La legisladora consideró que uno de los reglamentos más importantes es el relacionado con el servicio de transporte de pasajeros, pues la infraestructura y equipamiento auxiliar en este renglón del transporte público son de utilidad e interés general y por tanto la administración pública tiene la obligación de proporcionarlos, ya que no se puede dejar al libre albedrío del particular el desarrollo y crecimiento de la prestación de este servicio.

Asimismo añadió que se tiene que expedir el reglamento para el pago de indemnizaciones a quienes hayan sido afectados por el mal estado de la vía pública, por mala señalización con motivo de obras o el cambio de nomenclatura, todo ello contenido en el capítulo IV de la ley, denominado "de la infraestructura y elementos incorporados a la vialidad".

Más adelante, la presidenta de dicha comisión de trabajo legislativo indicó que a raíz de las modificaciones al artículo 133 constitucional, el Estado, sus municipios y entidades federativas -incluido el Distrito Federal- son responsables de los daños que por motivo de su actividad administrativa irregular se causen en los bienes o derechos de los particulares.

Derivado de ello, dijo Ruth Zavaleta, los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a las bases, límites y procedimientos que establezcan las leyes.

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