Se inician las audiencias para analizar 321
controversias
La reforma indígena estará hoy bajo la
lupa de la SCJN
Seremos guardianes de la Constitución: ministro
David Góngora
JESUS ARANDA
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
da inicio este lunes a un proceso inédito en el que desahogará
una por una, y hasta el 18 de junio próximo, las 321 audiencias
correspondientes al mismo número de controversias constitucionales
interpuestas en contra de la reforma en materia indígena.
El presidente de la Corte, ministro Genaro David Góngora
Pimentel, adelantó ayer que el pleno de ministros actuará
con base en el ''andamiaje técnico'' a que lo obliga su papel de
''guardianes de la Constitución''.
-¿No va a ser demasiado técnico el análisis
de las controversias constitucionales en materia indígena? -se le
preguntó a Góngora durante la ceremonia conmemorativa del
5 de Mayo.
-Todo tiene que ser con un andamiaje técnico; nosotros
(los ministros) somos guardianes de la Constitución y tenemos que
cuidar que las disposiciones constitucionales se cumplan. Si quieren cambiarse,
pues eso ya será cosa del poder reformador de la Constitución,
que son los representantes populares.
Por
otra parte, la Corte se enfrenta a la problemática que representa
el hecho de que cada expediente de las controversias sea notificado oficialmente
a cada una de las partes involucradas -Ejecutivo federal, Cámara
de Diputados, Cámara de Senadores y Congresos locales-, con el enorme
papeleo, firmas, notificaciones y oficios que ello implica.
Según funcionarios de la SCJN, debido al enorme
trabajo que demandó la integración de cada uno de los 321
expedientes, sólo después de 10 meses de trabajo -las controversias
fueron presentadas en julio del año pasado- están en condiciones
de iniciar la etapa de las audiencias constitucionales, y sólo después
de que se desahoguen todas ellas los ministros estarán en condiciones
de comenzar la elaboración de sus respectivos proyectos.
Más allá de la posibilidad de declarar constitucional
o no la reforma indígena, los ministros tendrán que determinar
si la Carta Magna los faculta para dictaminar sobre la constitucionalidad
de un proceso de reforma constitucional realizado en el Congreso de la
Unión. Este planteamiento es inédito en la historia de la
Corte y sólo después de resolver la procedencia de este recurso
los ministros estarán en condiciones de entrar o no al estudio a
fondo de las inconsistencias legales que alegan los quejosos, y que podría
llevar a la invalidez de la reforma.
Previamente, el máximo tribunal tendrá que
resolver de-mandas inéditas de los quejosos, quienes han planteado
la necesidad de ''flexibilizar'' la actitud de los ministros para que sean
receptivos de las comunidades indígenas, y que tomen también
en cuenta que precisamente las 321 controversias fueron in-terpuestas en
su inmensa mayoría por municipios indígenas de los estados
de Puebla, Oaxaca, Michoacán, Guerrero, Chiapas, Morelos y Jalisco,
las cuales junto con las controversias presentadas por el gobernador de
Tlaxcala y el Congreso de Chiapas, tienen lugar en un marco jurídico
que se caracteriza precisamente por no respetar los derechos indígenas.
Por ejemplo, en conferencia de prensa realizada el pasado
jueves, los representantes legales de algunos de los municipios quejosos
-entre ellos Larisa Ortiz, abogada del municipio de Molcaxac, Puebla, que
será el primer ayuntamiento en ser recibido en audiencia constitucional
este lunes- plantearon que solicitarán a la Corte les sea permitido
hablar durante dicha audiencia a los representantes de la comunidad.
En entrevista, Ortiz explicó que una de las razones
de acudir ante el máximo tribunal de justicia es justamente para
que las voces de los pueblos indios sean escuchadas por los ministros.
Sobre todo después de que las reformas aprobadas por el Congreso
de la Unión no tomaron en cuenta los acuerdos de San Andrés
Larráinzar, que fueron producto del consenso entre la Comisión
de Concordia y Pacificación (Cocopa), el Ejército Zapatista
de Liberación Nacional (EZLN) y el gobierno federal, en los que
se reconocía que las comunidades eran sujetos de pleno derecho,
además de que se avanzaba en el respeto jurídico de sus usos
y costumbres.
Además, los demandantes -con diversas modalidades-
aseguran que dicha reforma fue ilegal, porque no cumplió con el
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT),
firmado y ratificado por México, en el que se establece que toda
reforma legal que implique una afectación de las comunidades indígenas
debe ser ampliamente consultada precisamente con los grupos indios, cosa
que no sucedió.
Y como un tratado internacional tiene incluso una jerarquía
superior a las leyes ordinarias, el gobierno mexicano habría incumplido
con su compromiso y por tanto las reformas legales tendrían que
ser nulificadas, dan-do lugar a un nuevo proceso de reforma constitucional
en que, a decir de los demandantes, sí se tomen en cuenta los acuerdos
de San Andrés y se sienten las bases para avanzar en el proceso
de pacificación en Chiapas, diálogo que fue interrumpido
entre el EZLN y el gobierno federal desde la aprobación de dichas
reformas constitucionales, en junio del año pasado.
Sin embargo, la Suprema Corte informó oficialmente
el pasado viernes que, conforme el artículo 34 de la Ley Reglamentaria
de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional, ''no se
permite la intervención verbal de quienes comparecen a la audiencia''.
Asimismo, ante el cúmulo de trabajo que representan
estas controversias, y en razón del interés de la Corte por
resolver este tema lo más pronto posible, la Unidad de Controversias
Constitucionales de la SCJN estableció que serán un total
de 321 las audiencias que se celebren ante la presencia de los 10 ministros
entre quienes se repartieron equitativamente los asuntos -a excepción
del ministro presidente, quien por lo regular no elabora dictámenes
de proyectos durante su mandato, pero sí participa en la discusión
y aprobación de los mismos. Así las cosas, cada ministro
resolverá un promedio de 32 asuntos.
Las audiencias se inician este lunes a las nueve de la
mañana, cuando los representantes de Molcaxac, Puebla, acudan ante
el ministro instructor.
Pero, al igual que los otros quejosos, tendrán
que ajustar su presencia ante los ministros a los 30 minutos que se asignaron
a cada asunto; también tendrán que adecuarse a la exigencia
de que concurran ''únicamente'' los representantes legales de cada
una de las partes.
Ahí se informará a los municipios demandantes
que la audiencia consistirá exclusivamente en que los ministros
reciban oficialmente los escritos que presenten las partes involucradas;
los juzgadores harán del conocimiento de los presentes el estado
que guarde hasta ese momento la integración del expediente, y se
enumerarán las constancias y documentación integradas al
expediente.
Finalmente, los ministros recibirán por escrito
los alegatos. Una vez que concluya la audiencia, se hará la declaratoria
correspondiente de que se cerró el trámite de instrucción
y que, formalmente, los ministros instructores pasarán a la etapa
de elaboración de los proyectos de resolución. Los representantes
legales y el ministro instructor firmarán el acta.
Cabe señalar que, si el ministro lo considera adecuado,
está en condiciones de admitir con posterioridad nuevas pruebas
que no estén contenidas en el expediente, pero ello dependerá
de la importancia de las mismas y de que no afecten los plazos previstos
para la elaboración de los dictámenes.
Por otra parte, el 11 de octubre de 2001, la Suprema Corte
de Justicia resolvió desechar la controversia promovida por el gobernador
de Oaxaca, ya que cuando se presentó la querella aún no se
habían publicado en el Diario Oficial de la Federación
las reformas legales aprobadas apenas semanas antes por el Congreso de
la Unión, en las que las comunidades indígenas no fueron
reconocidas como sujetos de derecho.
Por ello, al igual que otros municipios que siguieron
la misma suerte, sus recursos fueron desechados por adelantarse a los tiempos
legales.