Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Lunes 6 de mayo de 2002
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Política
Se inician las audiencias para analizar 321 controversias

La reforma indígena estará hoy bajo la lupa de la SCJN

Seremos guardianes de la Constitución: ministro David Góngora

JESUS ARANDA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) da inicio este lunes a un proceso inédito en el que desahogará una por una, y hasta el 18 de junio próximo, las 321 audiencias correspondientes al mismo número de controversias constitucionales interpuestas en contra de la reforma en materia indígena.

El presidente de la Corte, ministro Genaro David Góngora Pimentel, adelantó ayer que el pleno de ministros actuará con base en el ''andamiaje técnico'' a que lo obliga su papel de ''guardianes de la Constitución''.

-¿No va a ser demasiado técnico el análisis de las controversias constitucionales en materia indígena? -se le preguntó a Góngora durante la ceremonia conmemorativa del 5 de Mayo.

-Todo tiene que ser con un andamiaje técnico; nosotros (los ministros) somos guardianes de la Constitución y tenemos que cuidar que las disposiciones constitucionales se cumplan. Si quieren cambiarse, pues eso ya será cosa del poder reformador de la Constitución, que son los representantes populares.

mujeres-huicholes-jalPor otra parte, la Corte se enfrenta a la problemática que representa el hecho de que cada expediente de las controversias sea notificado oficialmente a cada una de las partes involucradas -Ejecutivo federal, Cámara de Diputados, Cámara de Senadores y Congresos locales-, con el enorme papeleo, firmas, notificaciones y oficios que ello implica.

Según funcionarios de la SCJN, debido al enorme trabajo que demandó la integración de cada uno de los 321 expedientes, sólo después de 10 meses de trabajo -las controversias fueron presentadas en julio del año pasado- están en condiciones de iniciar la etapa de las audiencias constitucionales, y sólo después de que se desahoguen todas ellas los ministros estarán en condiciones de comenzar la elaboración de sus respectivos proyectos.

Más allá de la posibilidad de declarar constitucional o no la reforma indígena, los ministros tendrán que determinar si la Carta Magna los faculta para dictaminar sobre la constitucionalidad de un proceso de reforma constitucional realizado en el Congreso de la Unión. Este planteamiento es inédito en la historia de la Corte y sólo después de resolver la procedencia de este recurso los ministros estarán en condiciones de entrar o no al estudio a fondo de las inconsistencias legales que alegan los quejosos, y que podría llevar a la invalidez de la reforma.

Previamente, el máximo tribunal tendrá que resolver de-mandas inéditas de los quejosos, quienes han planteado la necesidad de ''flexibilizar'' la actitud de los ministros para que sean receptivos de las comunidades indígenas, y que tomen también en cuenta que precisamente las 321 controversias fueron in-terpuestas en su inmensa mayoría por municipios indígenas de los estados de Puebla, Oaxaca, Michoacán, Guerrero, Chiapas, Morelos y Jalisco, las cuales junto con las controversias presentadas por el gobernador de Tlaxcala y el Congreso de Chiapas, tienen lugar en un marco jurídico que se caracteriza precisamente por no respetar los derechos indígenas.

Por ejemplo, en conferencia de prensa realizada el pasado jueves, los representantes legales de algunos de los municipios quejosos -entre ellos Larisa Ortiz, abogada del municipio de Molcaxac, Puebla, que será el primer ayuntamiento en ser recibido en audiencia constitucional este lunes- plantearon que solicitarán a la Corte les sea permitido hablar durante dicha audiencia a los representantes de la comunidad.

En entrevista, Ortiz explicó que una de las razones de acudir ante el máximo tribunal de justicia es justamente para que las voces de los pueblos indios sean escuchadas por los ministros. Sobre todo después de que las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión no tomaron en cuenta los acuerdos de San Andrés Larráinzar, que fueron producto del consenso entre la Comisión de Concordia y Pacificación (Cocopa), el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y el gobierno federal, en los que se reconocía que las comunidades eran sujetos de pleno derecho, además de que se avanzaba en el respeto jurídico de sus usos y costumbres.

Además, los demandantes -con diversas modalidades- aseguran que dicha reforma fue ilegal, porque no cumplió con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), firmado y ratificado por México, en el que se establece que toda reforma legal que implique una afectación de las comunidades indígenas debe ser ampliamente consultada precisamente con los grupos indios, cosa que no sucedió.

Y como un tratado internacional tiene incluso una jerarquía superior a las leyes ordinarias, el gobierno mexicano habría incumplido con su compromiso y por tanto las reformas legales tendrían que ser nulificadas, dan-do lugar a un nuevo proceso de reforma constitucional en que, a decir de los demandantes, sí se tomen en cuenta los acuerdos de San Andrés y se sienten las bases para avanzar en el proceso de pacificación en Chiapas, diálogo que fue interrumpido entre el EZLN y el gobierno federal desde la aprobación de dichas reformas constitucionales, en junio del año pasado.

Sin embargo, la Suprema Corte informó oficialmente el pasado viernes que, conforme el artículo 34 de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 constitucional, ''no se permite la intervención verbal de quienes comparecen a la audiencia''.

Asimismo, ante el cúmulo de trabajo que representan estas controversias, y en razón del interés de la Corte por resolver este tema lo más pronto posible, la Unidad de Controversias Constitucionales de la SCJN estableció que serán un total de 321 las audiencias que se celebren ante la presencia de los 10 ministros entre quienes se repartieron equitativamente los asuntos -a excepción del ministro presidente, quien por lo regular no elabora dictámenes de proyectos durante su mandato, pero sí participa en la discusión y aprobación de los mismos. Así las cosas, cada ministro resolverá un promedio de 32 asuntos.

Las audiencias se inician este lunes a las nueve de la mañana, cuando los representantes de Molcaxac, Puebla, acudan ante el ministro instructor.

Pero, al igual que los otros quejosos, tendrán que ajustar su presencia ante los ministros a los 30 minutos que se asignaron a cada asunto; también tendrán que adecuarse a la exigencia de que concurran ''únicamente'' los representantes legales de cada una de las partes.

Ahí se informará a los municipios demandantes que la audiencia consistirá exclusivamente en que los ministros reciban oficialmente los escritos que presenten las partes involucradas; los juzgadores harán del conocimiento de los presentes el estado que guarde hasta ese momento la integración del expediente, y se enumerarán las constancias y documentación integradas al expediente.

Finalmente, los ministros recibirán por escrito los alegatos. Una vez que concluya la audiencia, se hará la declaratoria correspondiente de que se cerró el trámite de instrucción y que, formalmente, los ministros instructores pasarán a la etapa de elaboración de los proyectos de resolución. Los representantes legales y el ministro instructor firmarán el acta.

Cabe señalar que, si el ministro lo considera adecuado, está en condiciones de admitir con posterioridad nuevas pruebas que no estén contenidas en el expediente, pero ello dependerá de la importancia de las mismas y de que no afecten los plazos previstos para la elaboración de los dictámenes.

Por otra parte, el 11 de octubre de 2001, la Suprema Corte de Justicia resolvió desechar la controversia promovida por el gobernador de Oaxaca, ya que cuando se presentó la querella aún no se habían publicado en el Diario Oficial de la Federación las reformas legales aprobadas apenas semanas antes por el Congreso de la Unión, en las que las comunidades indígenas no fueron reconocidas como sujetos de derecho.

Por ello, al igual que otros municipios que siguieron la misma suerte, sus recursos fueron desechados por adelantarse a los tiempos legales.

Números Anteriores (Disponibles desde el 29 de marzo de 1996)
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