Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Martes 12 de febrero de 2002
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Sociedad y Justicia

Manifiesta inconformidad con actitud de la STPS

El SNTJFCA consigue por fin el registro sindical, afirma su dirigente

ELIZABETH VELASCO C.

La dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (SNTJFCA), Alma Rosa Sánchez, adelantó ayer que esa organización "finalmente logró obtener su registro sindical" por resolución de los tribunales de amparo.

Afirmó que el tercer juzgado de distrito ordenó el pasado 31 de enero archivar el expediente del amparo 233/2000, mediante el cual se le otorga a esa agrupación el registro sindical RS 3/01.

Carlos Abascal, titular de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), declaró al respecto que se "agotarán todos los juicios o instancias legales hasta obtener una sentencia definitiva, la cual, como decimos los abogados, cause estado, es decir, que ya no sea recurrible. Y nosotros, lo único que haremos es sujetarnos a lo que resuelva esa sentencia definitiva".

Aseguró que "es irrelevante cuál sea el resultado. Para mí lo relevante es que nos apeguemos todos al derecho y que, por ejemplo, no acusemos a una persona de hostigamiento sexual y luego digamos que ya se nos olvidó", dijo en alusión a las denuncias que Sánchez hizo en torno a presuntos casos de acoso hacia trabajadoras por parte de funcionarios de la JFCA.

La dirigente sostuvo que con el acuerdo del tercer juzgado "queda firme el registro sindical" obtenido por el SNTJFCA el 30 de agosto del 2001, luego de que ese gremio ganara un amparo.

La juez tercera de distrito en materia de trabajo en el DF, María Silvia Ortega, otorgó el amparo al SNTJFCA el 28 de agosto de ese año; en la sentencia dio un plazo de 24 horas al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para que otorgara la toma de nota a los trabajadores.

No obstante, agregó Sánchez, la STPS ha vuelto a promover un juicio de garantías (amparo) para impugnar el fallo, con lo que "intenta postergar el derecho que ya le fue reconocido a la organización para hacer uso del registro sindical".

El recurso promovido por la STPS se ventiló en el segundo juzgado de distrito "B" del DF en materia laboral y fue resuelto el 14 de enero del 2002, "sobreseyendo (negando) el acto reclamado, por improcedente, pues de acuerdo con diversas jurisprudencias el registro sindical ya fue otorgado en cumplimiento de una sentencia de amparo", explicó Sánchez.

Tal resolución se tomó con base en el artículo 73, fracción II, de la Ley de Amparo, donde se determina que un "amparo promovido en contra de una resolución de amparo es improcedente".

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