INCUMPLIMIENTOS EN LA CDHDF
No
existe sustento jurídico alguno que avale la exclusión del
pago de impuestos por parte de la Comisión de Derechos Humanos del
Distrito Federal (CDHDF). Esta fue la respuesta de las autoridades del
gobierno capitalino y la Comisión de Programación y Cuenta
Pública de la Asamblea de Representantes, a las vagas e imprecisas
excusas que el organismo encabezado por Luis de la Barreda ha ofrecido
por haber incumplido con sus obligaciones relativas al pago de impuestos.
El caso es particularmente delicado y penoso por tratarse
de una comisión defensora de los derechos humanos, cuya legitimidad
debería estar sustentada, precisamente, en la calidad moral de sus
integrantes. Que un organismo autónomo --indispensable para la sociedad--
como la CDHDF no pague impuestos es un hecho que de inmediato pone en tela
de juicio la autoridad moral de su presidente. ¿En qué papel
queda un ombudsman que conscientemente incumplió con una obligación
legal?
La CDHDF pretende justificar la omisión bajo el
argumento de que en los sueldos netos de su personal ya estaba incluida
la deducción del impuesto sobre la renta, aún a sabiendas
de que su propio manual de programación-presupuestación indica
que el pago de dicho impuesto deberá ser considerado por separado.
Es necesario, y porque la sociedad así lo merece,
que la CDHDF ofrezca un explicación convincente y rinda cuentas
claras, porque hasta el momento sólo hemos recibido respuestas gambeteras
y contradictorias que nomás no encajan con lo establecido por la
ley.
Al margen de lo cuestionable que pueda resultar su actuación
como organismo defensor de los derechos de los ciudadanos, es también
necesario que las autoridades competentes lleven las investigaciones hasta
las últimas consecuencias y, en caso de probarse la existencia de
un delito, que se apliquen las sanciones correspondientes.
Como bien se advierte en la columna Ciudad Perdida del
día de hoy: "Si la impunidad campea en este caso, lo más
probable es que otras instituciones como el Instituto Electoral o el Tribunal
Electoral, también organismos autónomos, sean arrastrados
por la imagen que ha construido De la Barreda y que la percepción
de la gente sea contraria a la existencia de los mismos".
Este tipo de organismos autónomos deben su origen
a las exigencias sociales, son pues, un indudable logro de la participación
ciudadana, de la democracia. Por ello tienen un compromiso con la sociedad
que, en el ámbito moral, rebasa al de cualquier órgano superior
del Estado.
El pago de impuestos es una obligación legal, pero
para una comisión encargada de defender los derechos humanos significa,
además, una doble responsabilidad social: la que la legitima ante
los ciudadanos y la que justifica su propia existencia.
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