Diputados de Morena y aliados la avalan en lo general
Habrá retroactividad parcial, determinan // La minuta volverá al Senado
Miércoles 15 de octubre de 2025, p. 3
La Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma a la Ley de Amparo, con tres cambios a la minuta enviada por el Senado y uno más que se discutía durante la madrugada, que copia la redacción propuesta por el ministro en retiro Arturo Zaldívar el 3 de octubre en la conferencia presidencial para determinar que, en las etapas procesales ya concluidas de un juicio de amparo, no aplicará la retroactividad.
Sin embargo, se precisa que las etapas procesales posteriores a la entrada en vigor de la reforma se regirán por las nuevas disposiciones. Esto es, explicó el presidente de la Comisión Jurisdiccional, el morenista Hugo Eric Flores, “lo no concluido que implique derechos adquiridos se respeta, pero las nuevas actuaciones se someten al nuevo decreto”.
Para el PAN, se trata de una “retroactividad fraccionada” de la ley, mientras el coordinador del PRI, Rubén Moreira, señaló que se trata de una “retroactividad disfrazada”, que atribuyó a “las fuerzas del mal de Morena y que contradice la redacción original de la presidenta Claudia Sheinbaum. “Tendrá efecto en las revisiones y las sentencias”, añadió.
Abstención de Olga Sánchez
La reforma –que será devuelta al Senado, por los cambios a la minuta– se aprobó en lo general por 345 votos en favor de Morena y sus aliados, 131 en contra, incluidos los de Martha Aracely Cruz (PT) y Ana Erika Santana (PVEM), y tres abstenciones de la ministra en retiro morenista Olga Sánchez Cordero y de los petistas Greycy Durán y Jaime Vázquez Calixto.
Al cierre de esta edición, el pleno entró a una amplia discusión de más de 300 reservas, con 136 oradores en la tribuna. Sánchez Cordero presentó un voto particular, donde objetó diversas aristas de la reforma, entre otras la figura del “interés legítimo” que deben demostrar los solicitantes de un amparo y que, observó, puede obstaculizar el acceso a la justicia para intereses colectivos o difusos, como los derechos ambientales o de las minorías.
Además, resaltó que “los cambios contradicen la jurisprudencia que permite el amparo contra cualquier acto de ejecución que afecte derechos”.
A su vez, diputados del PVEM y del PT presentaron reservas para insistir que la cámara deje a salvo los derechos colectivos de las comunidades.
Jesús Martín Cuanalo Araujo, del Verde, planteó reconocer el interés legítimo, incluso de carácter colectivo, a organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas cuyo objeto social sea la protección ambiental, así como a los pueblos y comunidades indígenas y a los núcleos agrarios, ejidos, comunidades, bienes comunales, respecto a la protección, conservación, restauración y aprovechamiento sostenible de recursos naturales.
Si bien explicó la relevancia de la defensa colectiva de áreas naturales protegidas, ecosistemas o zonas de valor ambiental o cultural y especies de flora y fauna en peligro de extinción, su reserva se desechó.
También, Martha Aracely Cruz explicó que la reforma afectará el interés colectivo y tendrá impacto negativo en los pueblos indígenas; presentó una reserva para recuperar el derecho de las comunidades al amparo cuando se trate de beneficios individuales o colectivos, pero también se desechó.
En cambio, se aceptó eliminar el concepto de “interés público” de los requisitos para solicitar una suspensión, porque “podría abrir la puerta a interpretaciones amplias o discrecionales para negar una suspensión”; se sustituyó el término por “disposiciones de orden público”.
También se quitó el requisito de demostrar que un acto podría “causar daños de difícil reparación”.
A propuesta del coordinador de Morena, Ricardo Monreal, y del petista Ricardo Mejía, el pleno modificó el artículo 129 para precisar que en los permisos, autorizaciones o concesiones del gobierno federal ya existe un derecho adquirido. No así cuando una sociedad o empresa no cuenta con los permisos y recurre a los amparos para operar de manera ilegal.