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Corte valida ley Manu de tránsito en Puebla; anula sanción por falta de seguro
 
Periódico La Jornada
Martes 7 de octubre de 2025, p. 34

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer la ley Manu de tránsito de Puebla, inspirada en el joven Emmanuel Vara, atropellado en 2018. Con el fallo, la Corte confirmó por primera vez la obligación de que todos los vehículos cuenten con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, resolución que sienta un precedente para que en otros estados se exija la misma póliza.

Sin embargo, la Corte invalidó la sanción que cancelaba la licencia de conducir hasta por 10 años a quienes no contaran con dicho seguro, dejando únicamente una multa de 4 mil pesos.

Durante la sesión, integrantes de la asociación civil Manu Vive acudieron al pleno portando un cartel con la leyenda: “La lucha sigue. No más muertes viales.”

Su presencia reflejó el respaldo a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Puebla, promulgada el 5 de diciembre de 2023, la cual fue impugnada por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla mediante la acción de inconstitucionalidad 1/2024, que cuestionaba seis artículos por presuntas violaciones a los derechos de libre tránsito y movilidad.

Con mayoría calificada de seis votos, la Corte declaró constitucional que la norma poblana exija dicho seguro como requisito para circular en la entidad, al determinar que no vulnera los derechos al libre tránsito, a la movilidad ni a la seguridad jurídica. "Resulta fundamental que las personas conductoras de vehículos motorizados cuenten con un seguro de responsabilidad civil que garantice una reparación integral de los daños que pudieran causar a terceros”, señala la sentencia.

En contra votaron el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, quien señaló que, aunque el seguro es necesario, la obligación debía modularse, debido a que representa una carga adicional para quienes apenas pueden adquirir un vehículo, y la ministra María Estela Ríos González, quien consideró que la medida no es equitativa, pues no refleja la realidad social y económica de todos los sectores. “Nos pidieron justicia cercana al pueblo”, dijo.

La Corte, a través del proyecto de la ministra Lenia Batres Guadarrama, validó los artículos 26, 73, 127, 153 y 164 de la Ley de Movilidad, pero por ocho votos contra uno invalidó el artículo 168, al considerar excesiva y desproporcionada la sanción de cancelar la licencia hasta por 10 años por no tener seguro de responsabilidad civil.

“La medida no tiene por objeto prevenir o inhibir alguna conducta que provoque una disminución de accidentes y, en consecuencia, se considera que en los hechos no tiene efectividad”, argumentó Batres.

Por otra parte, dentro de los artículos que sí fueron avalados se confirmó la suspensión de un año de la licencia para quienes conduzcan en Puebla en estado de ebriedad.