Viernes 23 de mayo de 2025, p. 13
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció lineamientos a través de una jurisprudencia para atender casos de embarazadas detenidas, en los que obliga a garantizar su integridad, acceso a la salud, revisiones médicas dignas y la investigación inmediata de denuncias por malos tratos.
Lo anterior resulta de un amparo que otorgó a una mujer sentenciada por robo agravado y secuestro exprés, quien denunció haber sido torturada durante un arraigo ministerial que le provocó la pérdida de un embarazo gemelar. También acusó violaciones a su derecho de defensa y errores en la valoración de pruebas.
Por unanimidad de votos, fue aprobado el amparo directo 22/2023, en el que la sala consideró inconstitucional el arraigo de 20 días que fue impuesto a la mujer, al haber sido ordenado por autoridades locales sin competencia, y anuló las pruebas obtenidas de ese periodo, así como su identificación sin asistencia legal.
Respecto a la denuncia de tortura, determinó que el aborto forzado por agentes estatales constituye una forma grave de violencia de género y tortura sexual, por lo que ordenó considerar estos hechos con enfoque diferenciado en contextos de detención de embarazadas. Con base en ello, la denuncia en cualquier parte del proceso penal debe ser atendida sin demora por la autoridad judicial.
Se fijaron lineamientos sobre inspecciones físicas, revisiones médicas, trato digno y atención especializada, destacando la obligación de las autoridades de garantizar condiciones adecuadas de higiene, salud y protección.
Además, señaló que si hay indicios de maltrato, se debe permitir la denuncia, realizar investigaciones imparciales y brindar asistencia médica, legal y sicológica a la víctima.
Cuando la mujer embarazada sea víctima de un abuso durante la detención, la Primera Sala deliberó que: (I) la autoridad encargada de su custodia deberá informarle su derecho a denunciar tales hechos ante las autoridades judiciales; (II) en caso de que se presente la denuncia, ésta se remitirá a la autoridad competente para que realice una investigación imparcial, independiente y minuciosa, que permita determinar la naturaleza y el origen de las lesiones advertidas, identificar a los responsables e iniciar su procesamiento; (III) se procurará que inmediatamente, la víctima tenga asistencia jurídica, apoyo sicológico u orientación especializada a fin de garantizar su acceso a la salud y el desarrollo de un embarazo seguro
, señala la sentencia.
Con base en esto, se concedió el amparo para que se emita una nueva sentencia sin las pruebas ilícitas y se investigue si existe una relación entre la tortura y el aborto sufrido por la quejosa.