Jueves 17 de octubre de 2024, p. 14
Dos militares fueron amparados ayer por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al considerar que fueron discriminados por ser portadores del virus de inmunodeficiencia humana (VIH) al impedírseles continuar con sus estudios en un plantel del Ejército y Fuerza Aérea Mexicana.
En sesión de la segunda sala, se aprobaron dos proyectos, uno de la ministra Lenia Batres Guadarrama sobre el amparo en revisión 18/2024, luego de que se prohibió a Édgar Armando acceder al concurso de admisión a una especialidad médica en la Escuela Militar de Graduados de Sanidad de la Secretaría de la Defensa Nacional.
La condición de salud no debe ser un motivo discriminatorio para que el quejoso aspire a ser admitido en la escuela militar, en este caso, para cursar una especialidad. El efecto del amparo debió ser para que en subsecuentes convocatorias el quejoso pueda concursar. Lo anterior pues esta sala corroboró que las autoridades responsables sí han emitido posteriores convocatorias
, señala la sentencia.
También se aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa sobre el amparo en revisión 651/2024 contra los actos que limitaron a Daniel Obregón a participar en la promoción de ascenso a teniente coronel contador.
El amparo se concede a efecto de que la autoridad responsable deje insubsistente los oficios referidos, y emita uno nuevo en el que prescinda de considerar que con motivo del padecimiento descrito el quejoso no tiene derecho a participar en las promociones para la obtención del ascenso pretendido y, una vez hecho lo anterior, resuelva lo que en derecho corresponda, según la petición expresamente solicitada
, sostiene la sentencia.
En un comunicado, la Corte resaltó que el criterio de los ministros se centró en que los pacientes pueden mantener controlado el virus y llevar una vida sana si siguen un tratamiento eficaz.