Jueves 26 de septiembre de 2024, p. 10
La reforma a 12 artículos constitucionales recién aprobada por el Congreso define a la Guardia Nacional (GN) como una fuerza de seguridad pública profesional, permanente, de origen y formación castrenses, con formación policial
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Queda sujeta al mando militar de la Sedena, pero con mecanismos de supervisión y coordinación entre los distintos niveles de gobierno que garantizan una dirección de carácter civil en última instancia, se señala en el dictamen de esa minuta que el Senado envió a los congresos estatales.
Se destaca asimismo que la GN podrá actuar bajo la conducción del Ministerio Público en la investigación de delitos, ya que tiene alcance nacional y capacidad operativa para hacer frente al crimen organizado y a otras formas de violencia.
Se reconocen los derechos y seguridad social a quienes prestan sus servicios en la GN en igualdad frente a quienes forman parte de las fuerzas armadas, y se sujeta a sus miembros al fuero militar sólo para fines disciplinarios. Asimismo, faculta al Poder Legislativo a expedir las leyes secundarias para brindar certeza jurídica a la participación auxiliar del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada en labores de seguridad interior y pública.