Hace efectivas acusaciones de monreal
En votación dividida, revoca constancia de mayoría a Alessandra Rojo de la Vega
Domingo 1º de septiembre de 2024, p. 26
El Tribunal Electoral de la Ciudad de México anuló la validez de la elección en la alcaldía Cuauhtémoc y revocó la constancia de mayoría que otorgó el Instituto Electoral local (IECM) a Alessandra Rojo de la Vega, candidata de la alianza Va X la CDMX, integrada por el PAN, el PRI y PRD.
En sesión pública, el pleno aprobó anoche, en votación dividida, el proyecto de sentencia en el que se acreditan actos de violencia política contra las mujeres en razón de género ejercidos por Rojo de la Vega en contra de Eldaa Catalina Monreal Pérez como aspirante de la coalición Sigamos Haciendo Historia en la Ciudad de México, conformada por Morena, PT y PVEM.
Dicha conducta está clasificada como causa de nulidad en el artículo 114, fracción X de la Ley Procesal Electoral local, que fue calificada como grave y determinante en el resultado de la elección.
Monreal consideró un buen precedente
la resolución del tribunal para no permitir que se invisibilice a las mujeres que participan en política. En un comunicado, señaló que es inadmisible que quienes ejercen violencia política se justifiquen diciendo que es parte de la libertad de expresión o del debate político
.
La panista insulta a Ambriz
Por su parte, Rojo de la Vega acusó en sus redes sociales al presidente del órgano electoral jurisdiccional, Armando Ambriz Hernández, de ser un criminal que atropella la libertad y democracia de las y los ciudadanos en Cuauhtémoc
, y adelantó que impugnará la determinación ante instancias superiores, que en dos ocasiones ya corrigieron la plana al tribunal local.
En contra votaron la magistrada María Antonieta González Mares y Juan Carlos Sánchez León, mientras Osiris Vázquez Rangel y Ambriz lo hicieron a favor, pero quedó aprobado con el voto de calidad de este último como presidente del colegiado.
El proyecto acumuló cuatro juicios promovidos por Morena y Movimiento Ciudadano contra el cómputo de la elección, la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría.
Si bien se rechazaron otras causales de nulidad como presuntas irregularidades en al menos 20 por ciento de las casillas, al sólo anularse 8 de las 8 mil 71 que se instalaron, y el rebase del tope en los gastos de campaña, sí se consideró acreditada una violencia simbólica, invisibilización y familismo ejercida a través de diversas manifestaciones, efectuadas sistemáticamente por la primera a través de las cuales, con base en un nexo familiar y utilizando estereotipos negativos de género, negó la individualidad de la entonces candidata Eldaa Catalina Monreal y con ella el reconocimiento de sus derechos político-electorales, a lo que debe sumarse la violencia sicológica padecida por esta misma
.
Dichas conductas, agrega la sentencia, se estiman graves y determinantes para el resultado de la elección al incidir en ella debido al alcance que recibieron, principalmente en redes sociales, y en su probable influencia negativa en la orientación del voto
. Además, se impuso a Rojo de la Vega una multa de 27 mil 142.50 pesos y amonestaciones públicas al PAN, PRI y PRD.