Sábado 31 de agosto de 2024, p. 23
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Poder Legislativo de Nuevo León reanudar el procedimiento para elegir al fiscal de Justicia de esa entidad entre los aspirantes que ya han cumplido con los requisitos de elegibilidad y que no reabra la posibilidad de que participen en ese proceso quienes carecen de carta de no antecedentes penales.
Lo anterior fue notificado ayer a través de la lista de acuerdos en el apartado correspondiente a la controversia constitucional 283/2022, ya que el 7 de agosto el Congreso local emitió un acuerdo que la SCJN consideró excedido en lo ordenado en la sentencia de este caso
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De esa manera, el máximo tribunal del país determinó que el Poder Legislativo de Nuevo León debe reabrir el procedimiento desde la etapa final y abstenerse de efectuar diligencias o establecer medidas ajenas a esa fase, por lo que sólo está pendiente elaborar la lista fundada y motivada con los aspirantes que cumplan con los requisitos constitucionales y legales
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Lo anterior, debido a que, con la intención de dar cumplimiento a la referida sentencia, el 7 de agosto la Comisión Anticorrupción del Congreso emitió un nuevo acuerdo en el que apercibió a los 42 aspirantes que carecían de la carta de no antecedentes penales en su expediente para que subsanen la omisión, en el entendido de que si el aspirante no da cumplimiento a dicho apercibimiento, se desechará de plano su solicitud
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Por ello la Segunda Sala concluyó que esta determinación incumple los requisitos previstos en la convocatoria, en específico, la verificación de que, al momento de presentar su solicitud, el aspirante haya anexado la carta. De esta manera, la medida excede los efectos de invalidez decretados en la controversia.