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Niegan amparo a Pepsico contra la revisión de sus obligaciones fiscales
 
Periódico La Jornada
Lunes 5 de agosto de 2024, p. 13

Un juzgado de la Ciudad de México negó un amparo a Comercializadora Pepsico México SA de CV, empresa que es causante mayor y que impugnó parte de la legislación que prevé las atribuciones de las autoridades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

El juicio de amparo 1335/2023 refiere la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que se presentó el 23 de agosto de 2023.

El juzgado primero de distrito en materia administrativa, con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia el pasado 1º de agosto. La justicia de la Unión no ampara ni protege a la empresa, según el fallo.

Hasta ayer no se había presentado ningún recurso de apelación para que esta sentencia sea revisada por un tribunal colegiado.

Pepsico buscaba desde 2023 la protección de la justicia federal en contra de la discusión y aprobación de los artículos 42, 53 y 53-C del Código Fiscal de la Federación y de la discusión y aprobación del artículo 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Esas normas regulan el cumplimiento de disposiciones fiscales y aduaneras, la determinación de las contribuciones omitidas o los crédi-tos fiscales y la comprobación de delitos fiscales, entre otras figuras.

El juzgado reafirmó la vigencia del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, que establece que las autoridades deben comprobar el cumplimento de las obligaciones de los contribuyentes y otros obligados y, en su caso, determinar las omisiones, la existencia de créditos fiscales o de presuntos delitos en la materia.

Con la misma resolución, el juzgado respaldó la vigencia de regulaciones que permiten a las autoridades determinar errores u omisiones en el reporte de obligaciones fiscales de los contribuyentes, para lo cual los funcionarios públicos pueden recabar documentos, practicar visitas o revisar contabilidad, bienes, mercancías y dictámenes de los estados financieros del particular.