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Analizará hoy el INE proyecto para evitar sobrerrepresentación
 
Periódico La Jornada
Miércoles 29 de mayo de 2024, p. 9

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) discutirá hoy un proyecto de acuerdo relacionado con la adopción de criterios para que en la asignación de diputaciones plurinominales no se rompa con el principio constitucional de sobrerrepresentación de un partido en el Congreso; es decir, evitar que exceda 8 por ciento de legisladores respecto a la votación obtenida en las urnas.

La propuesta priísta pretende que el INE ratifique la adopción del criterio de militancia efectiva en la postulación de candidatos a fin de que los afiliados de un partido que vayan en coalición sean considerados legisladores de ese partido y no de otro coaligado, para que en la asignación de plurinominales no se exceda de la sobrerrepresentación legalmente aceptada.

Cabe recordar que en procesos electorales anteriores, tanto el PRI como Morena postularon a militantes de sus partidos como candidatos a diputados por mayoría relativa como si pertenecieran a uno de los partidos coaligados. Al contabilizarse ese triunfo, como si fuera del otro partido, les permitió, en su momento, beneficiarse de un mayor número de diputaciones plurinominales y, con ello, violar los márgenes constitucionales de sobrerrepresentación, como ocurrió en 2012 y 2015 con el PRI y con Morena en 2018.

Por ello, el tricolor promovió el punto de acuerdo para que el INE confirme la militancia efectiva de cada candidato de mayoría relativa al momento de asignar las diputaciones plurinominales.

Solicita que el INE, “conforme a los padrones de personas afiliadas que se encuentran en el sistema de verificación y que son padrones actualizados por los propios partidos políticos, es que se puede establecer si una persona se encuentra afiliada a alguno, determinando entonces la ‘afiliación efectiva’” y asignarle a ese partido, según el padrón, la diputación correspondiente.

En sus argumentos, cita el acuerdo aprobado por el INE en 2021 y las resoluciones que en su momento adoptó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que ratificaron el criterio de militancia efectiva para adjudicar el triunfo a determinado partido y salvaguardar la disposición constitucional que establece que ninguna fuerza política puede tener una sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados que sea mayor a 8 por ciento con respecto a la votación obtenida en las urnas.