Martes 14 de mayo de 2024, p. 19
Un tribunal colegiado en materia administrativa otorgó a Ricardo Salinas Pliego una suspensión definitiva que impide a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) solicitar a instituciones de crédito, entidades bancarias, financieras y bursátiles del país información sobre sus cuentas y operaciones personales.
Asimismo, las autoridades deberán suspender la ejecución de las órdenes o solicitudes sobre las operaciones bancarias e información financiera del empresario, y en caso de que ya se hayan ejecutado dichas órdenes, no deberá remitirse dicha información a la autoridad que la solicitó.
El empresario promovió en septiembre pasado un juicio de amparo ante el juzgado decimosexto de distrito en materia administrativa en la Ciudad de México, que le concedió la medida cautelar. El gobierno federal impugnó la sentencia de primera instancia mediante un recurso de revisión.
El caso fue turnado a los magistrados del tercer tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito, Jorge Higuera, Karla Garay y Jorge Ojeda, quienes confirmaron el fallo de primera instancia.
El magnate señaló como autoridades responsables al presidente y al vicepresidente de Supervisión de Procesos Preventivos, ambos de la CNBV, órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
De ellos reclamo la solicitud o petición dirigida a todas las institucionales de crédito, casas de bolsa, entidades bancarias, financieras y bursátiles del país de la información del suscrito protegida por el secreto financiero, bursátil, patrimonial y bancario del quejoso
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Si bien la CNBV puede realizar a solicitud de la SHCP y del Ministerio Público Federal investigaciones en entidades financieras y personas sujetas a su supervisión, dicha atribución sólo puede realizarse a través de las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.