Entrará en vigor en seis meses // Limitará las guardias
Miércoles 20 de marzo de 2024, p. 15
Las condiciones laborales de los médicos residentes en formación para ser especialistas de alguna área clínica quedaron definidas en la nueva norma oficial mexicana (NOM) 001-SSA-2023, la cual estipula las reglas a seguir en las unidades médicas de enseñanza y atiende las demandas que los alumnos han planteado por años.
El nuevo ordenamiento, que entrará en vigor dentro de seis meses, señala que no deberán hacer más de dos guardias a la semana y entre cada una debe haber un intervalo de por lo menos tres días.
Por falta de reglas y de una cultura de respeto a los derechos humanos –que ahora se incluye en la NOM–, los médicos residentes padecían abusos como asignación de jornadas extenuantes de tres o más días seguidos sin descanso y la obligación de cumplir con sus actividades académicas.
Con la NOM que ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación se formalizan los lineamientos que se han venido aplicando en una norma de emergencia, con la cual se buscó dar respuesta a las peticiones que en diversos momentos hicieron residentes de las diferentes instituciones de salud.
Destacan medidas como que un médico residente no puede asignar guardias a otros compañeros. Esto era motivo de abusos y ahora la NOM indica que la formación se debe dar con respeto a las garantías fundamentales y en condiciones de equidad e igualdad.
Señala que los médicos residentes tendrán acceso a áreas limpias, dignas, adecuadas y suficientes de descanso y aseo personal
. De igual forma, la norma prevé que los médicos en formación reciban las remuneraciones y prestaciones que determine la institución y unidad médica.
También tienen derecho a dos periodos vacacionales al año de 10 días hábiles cada uno y durante su jornada de trabajo y en las guardias deben recibir alimentación; asimismo, cada seis meses se les proporcionarán dos uniformes completos, según lo que señale cada institución.
La NOM-001-SSA-2023, Educación en salud, para la organización y funcionamiento de residencias en establecimientos para la atención médica también establece el derecho de los galenos a gozar de las condiciones para cumplir cabalmente con el programa académico.
Respecto al programa académico y operativo (la prestación de servicios en las unidades médicas), la NOM menciona que los residentes siempre deben contar con la dirección, asesoría y supervisión del profesor titular, adjuntos, del jefe de servicio, de los médicos adscritos y del personal institucional designado para ese efecto.